¿Cuáles son las diferencias entre una Sociedad Anónima (S.A.) y una Sociedad Limitada (S.L.)?

Descubre las principales diferencias entre las formas jurídicas de sociedad anónima y sociedad limitada.
Siendo las dos formas jurídicas más extendidas en el mundo empresarial, existen varias diferencias entre una Sociedad Anónima (conocidas como S.A.) y una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.), las cuáles vamos a analizar, al detalle, en este artículo. ¡Sigue leyendo!

Pero antes, y para entender mejor lo que las separa, es importante que ambas se conozcan un poquito mejor

¿Qué es una sociedad anónima (o S.A.)?

Una sociedad anónima es una manera de organizarse (de tipo capitalista) por parte de las empresas (comúnmente las medianas y grandes), en la que se divide su capital en acciones que representan, por un lado, el porcentaje de participación de cada socio en la compañía y, por otro, su grado de responsabilidad (proporcional al capital aportado y nunca por encima de él). 

Estos socios, en ningún momento, responden personalmente a las deudas contraídas por la empresa (ni lo hacen, recalcamos, más allá de lo que han aportado).

¿Qué es una sociedad limitada (o S.L.)?

Una sociedad limitada es otra manera de organizarse (también de tipo capitalista) por parte de las empresas (en su mayoría pequeñas), en la que se divide su capital en partes iguales (entre los socios), representando esto, como en el caso anterior, tanto el porcentaje de participación que estos tienen en la compañía como su grado de responsabilidad (proporcional al capital aportado y nunca por encima de él).

Estos socios, en ningún momento, responden personalmente a las deudas contraídas por la empresa (ni lo hacen, recalcamos, más allá de lo que han aportado).

¿Cuáles son las principales diferencias entre una sociedad anónima y una sociedad limitada?

Como hemos avanzado en la introducción, existen una serie de diferencias entre una sociedad anónima (o S.A.) y una sociedad de responsabilidad limitada (o S.L.), que repasamos a continuación: 

Tipo de empresa

La primera diferencia entre una sociedad anónima y una sociedad limitada es que, partiendo de que ambas son ‘puramente’ capitalistas, la primera se adapta mejor a las necesidades de una gran empresa y la segunda, por su parte, la usan, más a menudo, las pequeñas empresas (o aquellas que tienen un número más reducido de socios). 

Número de socios

La segunda diferencia entre una sociedad anónima y una sociedad limitada es el número de socios que las constituyen, siendo más los que, habitualmente, forman parte de la primera, en comparación con la segunda, que suele indicarse para empresas de carácter familiar (o sociedades en las que se invierte poco capital). En ambos casos, si la empresa se compone de un solo socio se la denomina ‘unipersonal’. En lo relativo a los trámites de constitución, una sociedad anónima es menos flexible que una sociedad limitada, al exigir que, antes de que se realice la convocatoria de una junta general, se anuncie a la prensa y se registre en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. 

Capital inicial

La tercera diferencia entre una sociedad anónima y una sociedad limitada es la aportación inicial, que asciende a los 60.000 € si es una sociedad anónima y a 1 € si es una sociedad limitada. En base a esto, y con las cifras en la mano, la cuarta diferencia entre la sociedad anónima y la sociedad limitada es que, en la primera, no es obligatorio el ingreso del dinero en su totalidad (solo el 25%, o lo que es lo mismo, 15.000 €), pudiendo pagar el resto ‘a posteriori’ en la cuenta de la empresa (es lo que se conoce como dividendos pasivos), mientras que en la segunda si se tiene que aportar el 100% (1 € como hemos indicado). Este capital, en una sociedad anónima, se divide en acciones nominativas o al portador, mientras que en una sociedad limitada se aporta en metálico, bienes o derechos

¿Qué otras diferencias existen entre una sociedad anónima y una sociedad limitada?

Existen más diferencias, además de las principales, entre una entre una sociedad anónima y una sociedad limitada:

Transmisión

En este caso, la diferencia entre una sociedad anónima y una sociedad responsabilidad limitada es clara: mientras que en la primera es libre, siempre que esté inscrita en el Registro Mercantil, en la segunda está restringida, lo que obliga a que se realice siguiendo los estatutos de la misma y/o conforme a la Ley (si las normas de la empresa no regulan este proceso). Así, es necesario que se comunique tanto la intención como el número de participaciones que se quieren vender, así como su precio, ante lo que el resto de socios tiene un derecho preferente de adquisición. Además, esta transmisión se realizará en documento público.

Fiscalidad

Si hablamos de la tributación, en una sociedad anónima se obliga a hacerla en el Impuesto de Sociedades, únicamente, no así en la sociedad limitada, que la aplica en el Impuesto de Sociedades y el IVA.

Salida a bolsa

Si, al formar una sociedad, se piensa que, quizás algún día, se salga a bolsa, hay que tener en cuenta la siguiente diferencia: una sociedad anónima puede hacerlo, una sociedad limitada no.

Razón social

Esta es otra diferencia entre una sociedad anónima y una sociedad limitada, acompañándose la primera por las siglas S.A (o la denominación ‘Sociedad Anónima’) y la segunda por las siglas S.L. (o la denominación ‘Sociedad Limitada’). 

¿Qué ventajas y desventajas tienen las sociedades anónimas y las sociedades limitadas?

En base a las diferencias, entre una sociedad anónima y una sociedad limitada, que hemos analizado en el apartado anterior, podemos concluir que existen unos ‘pros’ y unos ‘contras’ en cada “modalidad”, que son: 

Si se opta por una sociedad anónima

Ventajas

  • Se pueden vender, con total libertad, las participaciones que tengan.
  • La incorporación de los nuevos accionistas es sencilla.
  • La empresa puede cotizar en bolsa.
  • Solo tributa en el Impuesto de Sociedades.

Desventajas

  • La responsabilidad, como socio, es limitada.
  • El capital que se requiere es elevado.
  • Su funcionamiento es más estricto y rígido.
  • Tienen que cumplir unas obligaciones en lo que a transparencia e información pública se refiere.
  • Los trámites, para su constitución, son más complejos.

Si se opta por una sociedad limitada

Ventajas

  • Los trámites de constitución son más flexibles.
  • Se invierte, de inicio, menos capital.
  • Los trámites son más fáciles y tienen un menor coste.
  • La responsabilidad del socio se limita a sus aportaciones.
  • Permite que se aporte el capital inicial en metálico, bienes o derechos.

Desventajas

  • La empresa no puede cotizar en bolsa.
  • La transmisión de las acciones es más complicada (al requerir el consentimiento del resto de socios).
  • El proceso de constitución suele ser largo.

Una vez se conoce lo que diferencia a una sociedad anónima de una sociedad limitada… ¿cuál elegir para una empresa?

A la hora de elegir la forma jurídica (S.A. o S.L.) que encaje con la empresa en cuestión, no existe una fórmula que ayude a determinar la que es mejor en cada caso. Esto se debe a que no depende de un solo factor y sí de varios (que repasamos a continuación):

  • Tamaño de la empresa: como se ha visto, la sociedad anónima es la indicada si se trata de una mediana o gran empresa y la limitada lo es para las más pequeñas.
  • Expectativas de crecimiento: tenerlas altas, y necesitar la captación rápida y cuantiosa de capital, es sinónimo de optar por un sociedad anónima. Si, por el contrario, se va a ser más contenido en este sentido, se podrá elegir una sociedad limitada.
  • Número de socios: si se piensa en que la responsabilidad recaiga en unas pocas personas, y en conformar una estructura sencilla, se escogerá la sociedad limitada. En el caso contrario, lo mejor es una sociedad anónima. 
  • Visibilidad: al poder cotizar en bolsa, es más sencillo que conozcan la empresa si es una sociedad anónima (la sociedad limitada no puede hacerlo) que si es una limitada.
  • Fiscalidad: si bien es cierto que tributan igual, no tienen las mismas deducciones. Según el interés en unas u otras, así se elegirá una sociedad anónima o limitada.

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