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¿Se puede anular una transferencia bancaria que ya sea “efectiva”?
La respuesta es sencilla: no se puede anular una transferencia. Lo que sí es viable, si esta ya sea realizado y cobrado, es solicitar la “devolución” de la misma, para la que hay 3 opciones:
- Contactar con el titular de la cuenta en la que se ha ingresado el dinero: se le comunica el error y se trata de acordar el cómo y el cuándo se devuelven los fondos. Es la opción más ágil y se fundamenta en la buena fe de los intervinientes.
- Contactar con el banco: si no se tiene la información del titular de la cuenta en la que se ha ingresado el dinero, equivocadamente, otra opción es acudir al banco y solicitar que se inicie un proceso interbancario, con el que se pide al banco del beneficiario (de la transferencia errónea) la retrocesión total de la misma. El resultado de esta iniciativa también depende de la buena fe de los intervinientes, ya que el beneficiario de la transferencia debe manifestar su conformidad a la devolución de los fondos.
- Vía judicial: si no has podido recuperar los fondos a través de los procedimientos anteriores, sólo queda “ir a juicio”.
En cualquiera de los casos, para solicitar la devolución (recordemos, anular la transferencia no es posible) se recomienda ser diligente y actuar con rapidez en cuanto se tenga conocimiento del error. Aquí, puede ser cierto que el tiempo sea oro.
¿Cómo se realiza la devolución de la transferencia?
Como se ha indicado en el apartado anterior, no se puede anular una transferencia, pero si se puede devolver el dinero (según las 3 opciones que se indican). Para ello, y en base a estas, se disponen de 2 vías:
- Acudir a la oficina, con la información de la operación, y pedir al gestor que solicite la devolución.
- Llamar al servicio de atención al cliente, si no es posible desplazarse a una sucursal (o no está abierta) y solicitar la devolución (que no la anulación) de la transferencia. Durante el proceso se requiere la información de esta.