Fondo de comercio
Según el Plan General Contable, fondo de comercio es el exceso, en la fecha de adquisición, del coste de la combinación de negocios sobre el correspondiente valor de los activos identificables adquiridos menos el de los pasivos asumidos. El fondo de comercio únicamente se reconocerá cuando haya sido adquirido a título oneroso, y corresponda a los beneficios económicos futuros procedentes de activos que no han podido ser identificados individualmente y reconocidos por separado.
En consecuencia, el fondo de comercio es el pago anticipado que hace la entidad adquirente por los beneficios económicos futuros derivados de activos de una entidad adquirida que no sean posibles de identificar o cuantificar.