Hay dos principales tipos de subrogación:
- Subrogación de acreedor: se cambia el préstamo hipotecario de un banco a otro. Podría suponer para el titular una mejora en las condiciones de su préstamo, sin necesidad de tener que cancelar la hipoteca y formalizar una nueva.
- Subrogación de deudor: se cambia el titular del préstamo hipotecario. El comprador de una vivienda hipotecada pacta con el vendedor de la misma subrogarse a su hipoteca. El banco puede o no admitir al nuevo deudor, para lo que realizará previamente un estudio de riesgos.
En BBVA, te ofrecemos la subrogación de acreedor.