Si todos los titulares y autorizados de una cuenta de pago básica tienen reconocida una situación de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera la comisión máxima, única y conjunta por los servicios descritos anteriormente será de 0 €.
¿Quiénes se encuentran en riesgo de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera?
Se encuentran en situación de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera:
- Aquellos clientes cuyos ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superen los siguientes umbrales:
- Tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas, vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
- Tres veces y media dicho indicador cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
- Cuatro veces dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa de acuerdo con la normativa vigente.
- Cuatro veces dicho indicador cuando se trate de unidades familiares que tengan en su seno a una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33 % reconocido oficialmente por resolución expedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas.
- Aquellos clientes en los que no concurra titularidad, directa o indirecta, o derecho real alguno sobre bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual, ni titularidad real de sociedades mercantiles, por parte de todos los miembros que integren la unidad familiar.
- Las personas víctimas de trata o explotación sexual quedarán exentas de cumplir los dos apartados anteriores, esta condición podrá acreditarse a través del modelo unificado de acreditación expedido por los servicios sociales o entidad especializada en la materia.
¿Cómo puedo solicitar la gratuidad?
El cliente podrá solicitar la situación de especial vulnerabilidad rellenando el formulario que se le entregará junto con el resto de documentación de la cuenta de pago básica y aportando la documentación indicada en dicho documento.
¿Qué documentación tengo que presentar?
La acreditación de las circunstancias que darán lugar a la gratuidad, deberán concurrir en todos los titulares y autorizados. Se deberá aportar la siguiente documentación en relación con todas las personas que conformen la unidad familiar.
- Para la acreditación del número de personas que componen la unidad familiar, se deberá aportar el libro de familia o documento acreditativo de inscripción como pareja de hecho.
- Para acreditar la percepción de los ingresos por los miembros de la unidad familiar, se deberá aportar uno de los siguientes documentos:
- Certificado de rentas, y en su caso, certificado relativo a la presentación del Impuesto de Patrimonio, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, con relación el último ejercicio tributario.
- Últimas tres nóminas percibidas.
- Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones o subsidios por desempleo, en el que figure la cuantía mensual percibida por dichos conceptos.
- Certificado acreditativo de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales.
- En el caso de trabajador por cuenta propia, certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad.
En el caso de que el cliente no disponga de la documentación referida en el apartado anterior, usted deberá aportar un informe en el que se indique la composición de la unidad familiar o en el que se motive la idoneidad para el acceso a la gratuidad de una cuenta de pago básica. Usted deberá solicitar este informe a los servicios sociales del ayuntamiento en el que usted esté empadronado.
En el caso de ser víctima de trata o explotación sexual es suficiente aportar el modelo unificado de acreditación expedido por los servicios sociales o entidad especializada en la materia.
Si el cliente obtiene el reconocimiento al derecho a una cuenta de pago básica gratuita, los efectos de dicho reconocimiento se producirán a partir de la fecha de solicitud.
Régimen especial para personas procedentes de Ucrania: acude a cualquier oficina BBVA donde te informarán sobre cómo abrir tu Cuenta de Pago Básica y las condiciones para la aplicación de este régimen gratuito.