Trabajadores incluidos en el Régimen de las Clases Pasivas del Estado
Una de las características más conocida de los planes de pensiones es la imposibilidad de rescatar el dinero aportado salvo que acaezcan las contingencias o supuestos excepcionales que lo permiten. Dentro de estos supuestos, existe uno denominado “supuesto de liquidez” que entró en vigor el 1 de enero de 2015 y permite rescatar aquellas participaciones con una antigüedad mínima de 10 años a contar en todo caso desde dicha fecha, por lo que los primeros rescates podrán realizarse a partir de 1 de enero de 2025.
Esta forma de rescate se une a las ya existentes recogidas por la ley, entre las que se encuentran el rescate por jubilación –el más común-, así como los rescates debidos a una serie de contingencias previstas entre las que se cuentan:
- Desempleo de larga duración.
- Incapacidad laboral.
- Situaciones de dependencia severa o gran dependencia.
- Enfermedad grave.
- Fallecimiento del titular.
Cuánto se puede aportar al plan de pensiones
La ley también estipula un máximo – pero no un mínimo – a las aportaciones que se pueden hacer al plan de pensiones. Esto es así porque, como veremos más adelante, aportar al plan de pensiones tiene importantes ventajas fiscales a las que se pueden acoger los clientes de este tipo de productos.
Entrando en detalle, la ley establece un límite de aportaciones al plan de 1.500 € anuales. Del mismo modo, los clientes cuyo cónyuge no disponga de rendimientos netos del trabajo y/o cuyas actividades económicas sean inferiores a 8.000 € anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 1.000 € anuales.
Además, la ley prevé que, para las personas con una minusvalía física o psíquica reconocida igual o superior al 65 %, el límite máximo anual de las aportaciones puede llegar hasta los 24.250 €, incluyendo las aportaciones realizadas por terceras personas, que no podrán exceder de 10.000 € anuales.
Qué ventajas fiscales tienen los planes de pensiones
Las restricciones al valor máximo de las aportaciones al plan de pensiones tienen su origen en las ventajas fiscales de estos productos. En concreto, toda contribución que se haga al plan de pensiones se puede desgravar en IRPF, lo que ayuda a reducir la base imponible y proporciona un importante ahorro económico al partícipe del plan, que dependerá del tipo marginal de éste. El límite de desgravación anual será la menor de las siguientes cantidades: 1.500 € o el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
Por su parte, a la hora de rescatar el plan de pensiones, el dinero recuperado deberá tributar como rendimientos del trabajo en IRPF, por lo que habrá que hacer frente a los correspondientes impuestos. Para minimizar la factura fiscal en el momento del rescate, es importante optimizar la forma de llevarlo a cabo. Generalmente es menos gravoso realizar rescates en forma de renta.
Cuál es el cobro de comisiones en los planes de pensiones
Al igual que otros productos bancarios, los planes de pensiones también conllevan el pago de una serie de comisiones, que están reguladas por la ley. De hecho, tras la reforma fiscal de 2015, las comisiones máximas se han visto reducidas a los siguientes porcentajes:
- Comisión por gestión: tiene un máximo de 1,5 % anual del valor de las cuentas de posición. Opcionalmente, el límite indicado podrá sustituirse por el 1,2 % anual del valor de las cuentas de posición más el 9 % de la cuenta de resultados.
- Comisión de depósito: tiene un máximo del 0,25 % anual del valor de las cuentas de posición.
El factor de sostenibilidad
Como se puede comprobar, ley regula de manera muy detallada el funcionamiento de los planes de pensiones. Esto ocurre, entre otros motivos, porque este tipo de productos financieros ayudan a que los trabajadores puedan mantener su nivel de vida tras la jubilación, ya que las pensiones públicas pueden no ser suficientes el día de mañana para asegurar el nivel de vida deseado.
Esta preocupación viene contemplada en la propia reforma legislativa del año 2013, en el que se incluye el denominado factor de sostenibilidad a la hora de calcular qué pensión pública podrán disfrutar los trabajadores jubilados.
En concreto, este factor atiende al crecimiento de la esperanza de vida de la población y al cada vez menor número de cotizantes a la Seguridad Social, como consecuencia de una sociedad cada vez más envejecida.
El factor de sostenibilidad ajustará la cuantía de las pensiones a la esperanza de vida, de tal modo que la pensión global de dos trabajadores que han contribuido en igual proporción pero se han jubilado en momentos diferentes sea la misma. Esto implica que la cuantía mensual de la pensión se verá reducida ante incrementos en la esperanza de vida.
Ante esta situación, es importante analizar qué pensión pública se puede esperar en el momento de la jubilación y qué cantidad de ahorro será necesario para poder mantener el nivel de vida.