Esta modalidad de rescate del plan de pensiones, hace que se reciba, de manera periódica (mensual, trimestral, semestral o anual), una cantidad de dinero que puede ser, a su vez, fija o variable (dependiendo del tipo de renta que hayamos escogido):
- Si optamos por una ‘renta asegurada’: como la rentabilidad de un plan de pensiones está sujeta a los movimientos del mercado, la cuota que se recibe puede variar con el tiempo. En las rentas aseguradas esto no ocurre y siempre se cobra, al rescatar el plan de pensiones, la misma cuantía.
- Si optamos por una ‘renta financiera’: en este caso, la cuantía que se recibe de manera periódica, por el rescate del plan, varía en función de la rentabilidad del mismo.
De vuelta al ejemplo: si se disfruta, como hemos indicado con anterioridad, de una pensión pública de 19.615 €, y se han ahorrado 90.000 € en el plan de pensiones, al recuperarlo con la modalidad, en su “versión” de renta asegurada y en un plazo de 20 años, va a reportar, aproximadamente, 6.569 € anuales. Si se suman a la pensión pública, da un total de 26.184 €, que tributan de la siguiente manera:
- Primeros 12.450 euros: 19%.
- Entre 12.450 y 20.200: 24%.
- El resto, hasta los 26.184 euros: 30%.
El rescate del plan de pensiones en forma de renta, a diferencia del realizado ‘en forma de capital’, suele tener un impacto fiscal más progresivo, dado que la tributación se reparte en diferentes ejercicios fiscales. Es, generalmente, la forma más eficiente de rescatar un plan de pensiones, si bien también hay que planificar el rescate correctamente para determinar qué importe anual minimiza la factura fiscal y tratar de no saltar a un tramo superior de IRPF.