Al comprar un vehículo, no hay que olvidarse de asegurarlo. Y no solo por estar protegido ante cualquier posible eventualidad (accidente, avería, etc.), sino porque la ley así lo exige, pudiendo conllevar una buena multa el no tener un seguro de coche contratado (aunque no se utilice, y se mantenga estacionado en el garaje, o se conduzca poco).
Así lo indica la legislación vigente en España, la cual deja claro que “todo propietario de vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a tener contratado un seguro por cada vehículo del que sea titular”. Sin embargo, y a pesar de ello, el 8% de los coches que componen el parque automovilístico en España (según datos de la ECA) se arriesgan a que les pongan la multa, por no tener el seguro de coche (además, en muchos casos, de no haber pasado la ITV).
¿A cuánto va a ascender la multa por no tener seguro?
¿Quién paga la multa por no tener seguro de coche?
¿Cómo se paga la multa recibida por no tener seguro de coche?
Toda multa que se haya recibido por no tener el seguro en vigor puede abonarse por adelantado, lo que supone hacerlo en los primeros 20 días naturales desde su recepción. De esta forma, además, se consigue una reducción de un 50% de su coste. Una vez concluya este periodo, el pago deberá ser por la cantidad íntegra.
Para pagar la multa se tienen 3 opciones:
- Por Internet, desde la sede electrónica de la DGT.
- Llamando al teléfono 060.
- Presencialmente (en cajero de Caixabank, en una oficina de Correos o en la Jefatura de Tráfico correspondiente).
En el caso de que la multa por no tener seguro haya sido impuesta tras ser parado por un vehículo, y en la carretera, se podrá sufragar en ese mismo momento con tarjeta de débito o crédito.
¿Se puede recurrir la multa por no tener seguro de coche?
Como ocurre con cualquier otra multa de tráfico que se recibe, la respuesta es afirmativa: sí, es posible recurrir una multa por no tener seguro de coche.
¿Cómo recurrir una multa por no tener el seguro de coche?
El plazo para recurrir la multa por no tener seguro, al igual que en el resto de sanciones, es de 20 días (desde la notificación de la misma). En ese tiempo, hay que presentar las alegaciones y aportar los documentos y el resto de pruebas que consideren necesarios.
Se han de presentar:
- En la Sede Electrónica de la DGT.
- En cualquier Registro Electrónico de la Administración Pública.
También se puede enviar un escrito, con las alegaciones, a la Jefatura de Tráfico encargada de tramitar el procedimiento.
Conducir sin tener seguro de coche: otros aspectos a tener en cuenta
Utilizar un vehículo sin antes haber contratado un seguro, y a diferencia de otras acciones como conducir sin carné o bajo los efectos del alcohol, no está tipificado como delito en el Código Penal. Sin embargo, el hecho de que sea obligatorio hace que se impongan sanciones por circular sin él por cualquiera de las vías del país (e incluso estando el vehículo estacionado).
Conducir sin seguro de coche puede hacer que, además de la multa, también se inmovilice el vehículo. El tiempo que este se encuentre ‘parado’ deberá hacerse cargo el propietario de los gastos que se deriven del depósito y del precinto. Lo podrá recuperar una vez acredite que ha contratado el seguro de coche y tras haber pagado los gastos antes mencionados.