¿Cubre el seguro del coche los daños por granizo?
Puede ocurrir que el “mal tiempo”, en un día concreto, desemboque en la caída de granizo que pueda llegar a dañar un vehículo (abollando la carrocería, rompiendo las lunas,etc.).
Si esto ocurre, la reacción más habitual es pensar en el seguro del coche y, en concreto, si en la póliza se ha incluido la cobertura que protege ante de este tipo de inclemencias temporales. Es decir, se plantea la pregunta que hacíamos al inicio: ¿cubre el seguro del coche los daños por granizo?
La respuesta es sencilla: sí, aunque solo si se ha incorporado la cobertura de granizo (que forma parte, a su vez, de la de ‘daños meteorológicos’) en la póliza del seguro de coche. Esta suele estar presente en el seguro a todo riesgo (en la mayoría de sus modalidades), aunque conviene que se revise al contratarlo, por si acaso.
También es importante que analicemos los detalles de la cobertura, ya que no siempre va a proteger al vehículo, e indemnizar al tomador, en el 100% de las situaciones.
En los seguros a terceros, si se trata de modalidad básica, no se dispone de esta protección, siendo posible añadirla si se amplía (y la compañía aseguradora lo ofrece en dicha ampliación, como en el caso de BBVA, que incluye esta cobertura en la modalidad de “Terceros Ampliado + Robo + Fenómenos naturales”, la cual cubre los daños ocasionados por fenómenos de la naturaleza y sus consecuencias, como: caída del rayo, viento, pedrisco, nieve, lluvia, corrimientos y hundimientos de tierra y otros fenómenos no catastróficos o extraordinarios). .
Y si el seguro de coche no cubre el granizo, ¿puede hacerlo el Consorcio de Compensación de Seguros?
Si, tras revisar el contrato de la póliza, se comprueba que no se cubre el granizo con el seguro de coche, lo normal es que se piense en el Consorcio de Compensación de Seguros.
Una opción que, si bien es válida en muchos casos, no lo es en este. Y es que el granizo no es un “siniestro” considerado “extraordinario” (como tampoco lo son, por ejemplo, la lluvia directa, el peso de la nieve o los vientos inferiores a 120 km/h), por lo que este organismo no se hace cargo de los casos en los que un vehículo se vea afectado por alguno de ellos (como sí lo haría si se produce una inundación, un terremoto, un maremoto o una erupción volcánica).