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¿Cuáles son los gastos de una comunidad de propietarios?
¿Cómo se reparten los gastos de una comunidad de propietarios?
El pago de los gastos de la comunidad de propietarios, en todo caso, corren a cargo de los propietarios (de todos y cada uno). Estos, a su vez, se reparten en función de su cuota de participación, tal y como explica la Ley de Propiedad Horizontal 49/1960 de 21 de julio, que dice lo siguiente: “a cada piso o local se le atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad”.
Por lo tanto, y en base a lo indicado en la ley, a mayor valor del inmueble, más alta es la participación del propietario o arrendatario (siempre y cuando sea el inquilino el responsable de los gastos de la comunidad) en estos gastos de la comunidad.
¿Qué tipo de gastos hay en una comunidad de propietarios?
Son varios los tipos de gastos que se tienen en una comunidad de propietarios, entre ordinarios y extraordinarios, destacando los siguientes:
Gastos de una comunidad de propietarios: generales u ordinarios
Una parte del presupuesto anual se destina a cubrir los gastos de la comunidad de propietarios que se derivan de las necesidades básicas de la misma. El objetivo de esta “inversión”, por tanto, es garantizar el buen estado de los inmuebles y del resto de elementos que la conforman. Entre los gastos ordinarios más comunes en una comunidad de propietarios se incluyen:
- Necesidades básicas de la comunidad de propietarios: servicios de mantenimiento y limpieza (incluida la piscina, de haberla) de las zonas comunes (incluido el garaje), gastos bancarios, sueldo de conserjes o jardineros, tejados, tuberías, caldera, gastos de luz de las zonas comunes…
- Obras habituales para la conservación del edificio.
- Fondo de reserva: que debe ser un 10% del presupuesto anual de la comunidad de propietarios.
- Gastos municipales: recogida de basuras o pago de vados (entre otros).
Gastos de una comunidad de propietarios: extraordinarios
Este tipo de gastos de la comunidad no se incluyen en el presupuesto anual y suelen deberse a reformas u obras que no estaban previstas. A la hora de organizar el pago de este ‘gasto adicional’, lo primero es convocar una junta de propietarios extraordinaria en la que se expone el caso, para que los propietarios lo conozcan y sepan que han de abonar una derrama (o pago extra) para solucionar el problema.
¿Qué gastos de comunidad deben pagar los locales comerciales?
¿Son deducibles los gastos de comunidad en la declaración de la renta?
Esto significa que son deducibles, en la declaración de la renta, los gastos extraordinarios que se destinan a la mejora del inmueble (por ejemplo, la construcción de rampas de acceso para gente mayor o personas discapacitadas), la sustitución de elementos de la comunidad (por ejemplo, la renovación de ascensor o la instalación de puertas de seguridad o de calefacción central) o las obras de salubridad (pintado o arreglo de instalaciones).
¿Qué IVA se le aplica a las comunidades de propietarios?
Una comunidad de propietarios es una entidad sin personalidad jurídica que puede recibir y emitir facturas, por lo que el IVA que se le aplica es variable (y depende del proveedor de las mismas).
IVA que se aplica a la comunidad: en relación a las facturas recibidas
- Facturas con una reducción aplicada del 10% de IVA: se puede reducir el IVA de las facturas que resulten de las obras de rehabilitación de algún elemento importante de la comunidad de propietarios, como puede ser la fachada o la azotea, siempre y cuando el material utilizado no suponga más del 40% del coste total de las mismas.
- Facturas con aplicación del 21% de IVA: este porcentaje es el que se paga habitualmente (en España) y el que se aplica a las comunidades de propietarios, siempre y cuando no se den las condiciones de reducción comentadas anteriormente.
IVA que se aplica a la comunidad: en relación a las facturas emitidas
- En cuanto a la emisión de facturas por parte de la comunidad de propietarios, siempre se aplicará el IVA del 21% al ser considerada una actividad empresarial. Estas facturas pueden ser emitidas por razón de alquiler de locales, colocación de carteles publicitarios o acondicionamiento de la portería.