Anticipos de prestaciones de desempleo

BBVA se ha adherido al convenio de colaboración firmado entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Asociación Española de la Banca (AEB) para la aplicación de anticipos a favor de las personas que tengan una prestación reconocida por el SEPE con motivo de la situación derivada de la DANA que se encuentre pendiente de abono.

Condiciones del anticipo
BBVA abonará en la cuenta del solicitante la cantidad correspondiente sin aplicar intereses ni comisiones. Sólo se permite una solicitud de anticipo por cliente, hasta que empiece a cobrar directamente del SEPE.
¿Qué importe se anticipará?
  • El importe máximo del anticipo será equivalente a la cuantía diaria que se recoge en la resolución de aprobación de la respectiva prestación por desempleo reconocida por el SEPE con motivo de la situación derivada de la DANA, multiplicada por el número de días existente desde la fecha de inicio de devengo que consta en la citada resolución hasta el último día del mes anterior al mes enque se aprueba dicha resolución. A estos efectos, se debe tener en cuenta que las mensualidades se consideran de 30 días en todo caso.
  • El importe correspondiente a la mensualidad del mes en curso no se incluye en el anticipo, lo cobrarás en el proceso ordinario del SEPE que se abona a principios de mes (normalmente, el día 10).
¿Cómo se abona y se cancela el anticipo?
  • Abono del anticipo:
    • El abono se imputará en concepto de transferencia, el ordenante será BBVA y en el campo de observaciones se indicará “ANTICIPO PRESTACIÓN DESEMPLEO”.
    • El abono se realizará siempre que el SEPE haya remitido a BBVA la información relativa a tu expediente de solicitud. En caso contrario se guardará la solicitud y diariamente se volverá a verificar hasta que confirme el SEPE.
  • Cancelación del anticipo:
    • El anticipo se cancelará a través de un cargo en cuenta y observaciones “CANCEL.ANTICIPO DESEMPLEO”.
    • La cancelación del anticipo se hará el mismo día en que se procese el pago mensual del SEPE, normalmente el día 10 del mes, y se abonará con concepto “ABONO DEL INEM - PAGO DE DESEMPLEO”. Esta cancelación se realiza de forma automática.
¿Quién puede solicitar el anticipo de prestación por desempleo?
Clientes de BBVA que tengan una prestación reconocida por el SEPE con motivo de la situación derivada de la DANA que se encuentre pendiente de abono.
¿Cómo puedes saber si tienes reconocida la prestación?

El Servicio Público de Empleo te informa de dicho reconocimiento a través del envío de un SMS, correo electrónico o carta postal, siempre que haya recibido tus datos de contacto.

Es a partir de la confirmación de reconocimiento de la prestación cuando puedes solicitar el anticipo en BBVA, siempre que sea la entidad dónde has domiciliado la prestación.

Si no has recibido dicha confirmación porque el SEPE no dispone de tus datos de contacto, podrás solicitarnos el anticipo, pero debemos informarte que no se hará efectivo hasta que el SEPE informe a BBVA que la prestación está reconocida.

¿Cómo solicitar el anticipo?

El anticipo se puede solicitar a través de tu oficina y gestores del Equipo Contigo.

Para contactar con el Equipo de Gestores, entra en tu Posición Global a través de BBVA.es o tu app BBVA (introduce tus claves de acceso) y en el menú superior pulsa en “Mi gestor”, donde encontrarás los datos de contacto.

¿Qué documentación tengo que aportar?
El único documento que hay que aportar es el NIF.
¿Hasta cuándo se va a poder solicitar anticipos?
El convenio firmado estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.