Información sobre gastos de formalización de hipotecas
A juicio de la Audiencia Provincial de Barcelona en sentencia de 15 de marzo de 2014 ya ha transcurrido el plazo para poder reclamar la devolución de cantidades ya que los consumidores conocieron la abusividad de la cláusula de gastos de BBVA, en enero de 2017.
El plazo para solicitar la devolución de gastos derivados de una cláusula declarada abusiva, de acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”), debe tener en cuenta que la persona afectada sea conocedora del carácter abusivo de la cláusula en cuestión.
En relación con la cláusula de gastos de BBVA, la misma fue declarada abusiva por el Tribunal Supremo en sentencia de 23 de diciembre de 2015. La sentencia fue publicada el 21 de enero de 2016, haciéndose notoria en los meses posteriores no sólo entre los sectores profesionales sino también entre los consumidores, apareciendo en todo tipo de publicaciones, comunicaciones, publicidad y noticias. Por lo tanto, debe entenderse que a partir del mes de enero de 2017 se pueden considerar cumplidas las circunstancias que permiten iniciar el cómputo del plazo de prescripción para reclamar la devolución de los gastos (tal y como establece la reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona al aplicar el criterio de la última sentencia del TJUE).
Así y en tanto el plazo para solicitar la devolución de cantidades es, de conformidad con la normativa vigente, de cinco años, a día de hoy habría transcurrido sobradamente el plazo para poder solicitar dicha devolución.