Cómo crear una empresa paso a paso
Guía para montar tu negocio paso a paso
¿Tienes pensado emprender y abrir tu propio negocio? Tanto si quieres hacerlo como autónomo o creando una empresa, te contamos paso a paso cómo puedes crear tu empresa en España.
Sabemos que puede ser un proceso largo y confuso. En BBVA queremos ayudarte en tu camino hacia el emprendimiento y, por ello, hemos desarrollado esta guía en la que te contamos todo lo que necesitas saber para lograrlo.
Crea tu empresa sin preocuparte del papeleo
Para que emprender no te quite las ganas de emprender, hazte de BBVA y tendrás asesoramiento especializado sin coste para ayudarte con las gestiones para montar tu empresa. Además podrás ahorrarte hasta 720€ brutos al domiciliar los impuestos y/o seguros sociales en tu nueva Cuenta Empresas Bienvenida.
Válido para nuevas empresas en constitución hasta el 31/12/2024.
Antes de empezar...
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Ten clara tu idea de negocio
Siempre tienes más opciones de éxito si tu idea es una idea madura.
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Elabora un Plan de Negocio
Te será útil realizar un análisis DAFO (iniciales de Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades) de tu idea.
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Haz una Investigación de Mercado
También será útil hacer un Autodiagnóstico de Capacidad Emprendedora, para conocer mejor tu producto o servicio y tus posibilidades de éxito.
¿Cómo tienes pensado emprender?
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1. Documentación y trámites para crear una empresa
Investiga las distintas opciones
Investiga las distintas opciones que tienes a tu alcance para abrir tu empresa en España y comprueba cuál es la que más te beneficia. Las formas más comunes son:
- Sociedad laboral
- Sociedad cooperativa
- Sociedad anónima
Si no tienes claro qué tipo de empresa abrir, déjate asesorar
Los trámites administrativos para cada opción son una serie de procesos estándar que pueden tener ligeras variaciones según la Comunidad Autónoma o el tipo de negocio que se vaya a crear. Te recomendamos dejarlos en manos de profesionales (gestorías), si no los dominas, una vez que decidas por qué forma jurídica vas a optar. También puedes pedir ayuda en un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), donde te orientarán para realizar los trámites de forma telemática de manera gratuita.
De cualquier modo, te contamos a continuación los pasos generales mínimos que necesitas conocer para dar de alta tu empresa.
Elabora tus estatutos y comprueba que el nombre de tu empresa está libre
- Elabora los estatutos sociales: En ellos se recogen varios datos esenciales, como la denominación, el capital, el domicilio social, etc.
- Solicita tu Certificación negativa de nombre empresarial en el Registro Mercantil
Abre una cuenta y deposita el capital social
- Abre una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa que vas a crear. Es ahí donde has de depositar el capital social de la misma, que es una cifra variable según el tipo de empresa que hayas elegido crear.
- Recuerda que, en caso de que la empresa esté compuesta por varios socios, cada uno debe realizar su aportación.
- Solicita un certificado bancario de depósito de capital social, ya que lo necesitarás para presentarlo ante notario a la hora de constituir tu empresa.
Escritura la empresa ante notario
Para ello, hay que acudir a un notario y asegurarse de aportar la siguiente documentación:
- Estatutos sociales
- Certificación negativa de nombre empresarial
- Certificado bancario de depósito de capital social
- DNI o NIE de los socios
CIF y Registro de tu empresa
- Consigue tu CIF provisional, para ello hay que dar de alta tu empresa en Hacienda. Modelo 036, con una copia de la escritura de constitución y una copia de los estatutos en la Agencia Tributaria.
- Constituye tu empresa ante el Registro Mercantil de tu provincia, sin esto, no puedes obtener la plena competencia jurídica. Recuerda que de este modo tu empresa no estará aún protegida como marca, ya que para ello necesitarás darla de alta en el Registro de Patentes y Marcas.
- Una vez lo obtengas todo, deberás solicitar el CIF definitivo.
Trámites específicos para la puesta en marcha
Recuerda que, además de los trámites generales, hay algunos específicos que debes tener en cuenta según la actividad que vayas a desarrollar con tu nueva empresa, y otros complementarios en el caso de determinadas figuras jurídicas o de necesitar contratar trabajadores.
Dentro de estos trámites específicos podemos destacar:
- Licencia de actividad: Se consigue en el Ayuntamiento de tu localidad.
- Inscripción en Organismos Oficiales o Registros.
- Gestiones con la tesorería General de la Seguridad Social: como alta de trabajadores o comunicación de apertura del centro de trabajo
- Legalización del Libro de Cuentas Anuales: en el Registro Mercantil.
El producto que te puede ayudar
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2. Financiación y Ayudas
¿Qué gastos vas a tener?
No te olvides de los gastos que te supondrá dar de alta tu empresa, ya que aunque las personas físicas no necesitan aportar un capital mínimo exigible por la legislación a la hora de constituirse como empresa, las jurídicas sí han de hacerlo, salvo excepciones, y este importe varía según la figura empresarial escogida.
- El mínimo: hay figuras que no tienen un mínimo capital legal exigido, como la Comunidad de Bienes, la Sociedad Civil, o la Sociedad Colectiva, entre otros, aunque la más popular es la Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital mínimo legal exigido es de un euro.
- El máximo: actualmente, y sin contar con las sociedades de capital riesgo, las tipologías de Sociedad Anónima o Sociedad Anónima Laboral necesitan un mínimo de 60.000 euros.
Ayudas y subvenciones para tu empresa
Una vez dada de alta la empresa, te recomendamos que acudas a los centros de emprendimiento de tu localidad para conocer las ayudas y subvenciones que las administraciones públicas y sus organismos tengan en marcha para incentivar, mantener y desarrollar la actividad económica y el emprendimiento. Los plazos de solicitud son cambiantes, así como las características de las empresas que pueden optar a ellas, así que lo mejor para estar al día es consultar con tu Punto PAE la Plataforma Nacional de Subvenciones o la Base de datos de ayudas e inventivos del ministerio.
Si has llegado hasta aquí, seguramente tengas ya muy presente la importancia de una planificación global y a largo plazo de tu idea de negocio, la definición de la actividad a desarrollar, la valoración de riesgos, la capacidad financiera, y la viabilidad del negocio, por lo que la financiación podría ser una opción viable.
Desde BBVA, si quieres desarrollar un proyecto de sostenibilidad, digitalización o cohesión e igualdad, te acompañamos y te ayudamos a solicitar las ayudas europeas de los Fondos Next Generation.
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Un límite de crédito para los pagos habituales de tu negocio sin coste de activación.
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3. Haz crecer tu negocio
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Date a conocer también a otros empresarios
Participa en las jornadas y eventos empresariales o sectoriales que se realicen en tu comunidad, es una estupenda oportunidad de networking que te hará seguir creciendo como empresa.
Aprovecha sinergias con otros emprendedores e inspírate en casos reales como los que puedes encontrar en Compartiendo Conocimiento de BBVA o en contenidos que puedes encontrar en nuestra web.
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Aprovecha oportunidades de formación
También es importante aprovechar las oportunidades de formación transversal que los organismos públicos de ayuda al emprendimiento ponen a tu disposición. El ámbito de la contabilidad es el más evidente, pero hay muchos más sectores de los que aprender, como marketing o comunicación.
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Haz la vida más fácil a tus clientes
Es esencial facilitar a tus clientes el medio de pago, haciendo que éste se adapte a tu forma de trabajar y al uso de las nuevas tecnologías. Proporcionarles una buena experiencia de pago tanto online como física es esencial para facilitar su identificación positiva con tu empresa.
Preguntas frecuentes
Si ya tienes claro que vas a emprender como empresa, debes saber qué hay una serie de trámites que atender:
- Elabora los estatutos sociales.
- Solicita tu Certificación negativa de nombre empresarial en el Registro Mercantil
- Abre una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa que vas a crear y deposita en ella el capital social de la misma
- Registra la empresa ante notario. Recuerda que debes tener la siguiente documentación:
- Estatutos sociales
- Certificación negativa de nombre empresarial
- Certificado bancario de depósito de capital social
- DNI o NIE de los socios
- Consigue tu CIF provisional.
- Constituye tu empresa ante el Registro Mercantil de tu provincia, sin esto, no puedes obtener la plena competencia jurídica. Si es necesario, dala de alta en el Registro de Patentes y Marcas.
- Una vez lo obtengas todo, deberás solicitar el CIF definitivo.
El tiempo medio de creación de una empresa en España es de 13 días, pero te recomendamos que no te apresures, madures tu idea de negocio, te asegures de su viabilidad y te dejes asesorar para establecerla sobre unas bases lo más sólidas posibles.Te recomendamos que consultes tus opciones de manera activa, ya que las subvenciones no solo tienen plazos de presentación fijados, sino que son fluctuantes en el tiempo. Para estar al día, recuerda que la Dirección General de Industria y de la PYME publica información actualizada de programas de ayudas e incentivos para la creación de empresas, que están convocados por administraciones públicas y otros organismos relacionados.Se trata de un documento electrónico utilizado en el sistema CIRCE que recoge todos los datos necesarios para la constitución y puesta en marcha de una empresa. Sustituye a distintos formularios solicitados por Organismos y Administraciones involucrados en el proceso de creación de empresas, pero de momento solo sirve para dar de alta una Comunidad de Bienes, una Sociedad Civil, o una Sociedad de Responsabilidad Limitada.Legalmente, no es obligatorio que las participaciones de cada socio sean iguales, unos pueden aportar más que otros según los acuerdos de dichos socios.Es un documento que analiza y describe una oportunidad de negocio, pero que también determina si es viable económica y financieramente, y desarrolla las estrategias necesarias para convertirlo en un proyecto empresarial real. Te ayudará a saber si la idea es o no factible realmente.El Ayuntamiento del término municipal en el que se vaya a ejercer la actividad, si bien es cierto que la Ley de Economía Sostenible, de 4 de marzo de 2011, eliminó la obligatoriedad de la licencia de apertura para la mayor parte de las actividades, por lo que es suficiente con la presentación de una declaración responsable. -
1. Documentación y trámites para un autónomo
Darse de alta en la Seguridad Social
El primer paso que tenemos que hacer si queremos abrir un negocio como autónomo es visitar la Tesorería General de la Seguridad Social.
Allí deberás de darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y recibirás el número de afiliación a la Seguridad Social.
Puedes darte de alta tanto de manera presencial rellenando el modelo TA0521 como a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
También puedes inscribirte como empresario si vas a ser socio de una sociedad. Para ello tendrás que rellenar el modelo TA.6 y presentar el documento que te ha tenido que entregar Hacienda con el Número de Identificación Fiscal (NIF) donde incluye la Actividad Económica de la Empresa.
Hacer constar la entidad gestora o mutua
A la hora de inscribirse como autónomo en la Seguridad Social, hay que indicar la entidad gestora o mutua escogida para cubrir el riesgo por enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Si no tienes claro qué mutua elegir, puedes encontrar más información sobre ello en la web de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo y en el listado de mutuas que incorpora la web de la Seguridad Social.
Darse de alta en Hacienda
El siguiente paso a realizar es visitar la Agencia Tributaria para darse de alta en el Censo de Empresarios. Una vez allí, debes presentar la declaración censal, aportando los siguientes modelos:
- Modelo 036: documento que va a servirte para inscribirte en el Censo de Empresarios y darte de alta en Hacienda.
- Modelo 037: documento con el que te debes dar de alta como autónomo en Hacienda. Este es un modelo simplificado con respecto al modelo 036.
Ambos documentos se podrán presentar presencialmente o en la sede de Agencia Tributaria con tu certificado electrónico.
Centro de trabajo
¿Vas a abrir tu negocio en un local o vas a trabajar desde casa? En caso de la primera opción, debes comunicar la apertura de tu centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de tu comunidad autónoma.
En el caso de que vayas a abrir un centro de trabajo, deberás solicitar:
- La Certificación negativa de nombre empresarial en el Registro Mercantil.
- Las licencias necesarias en función del tipo de actividad que vayas a llevar a cabo. Estas licencias pueden variar según tu municipio o comunidad autónoma.
Necesitarás una cuenta para la gestión profesional de tu negocio. Si no tienes...
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Cuenta para autónomos
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Utiliza este código durante el proceso online de creación de tu cuenta bancaria:
Y sea como sea tu negocio o comercio, tendrás todas las facilidades para empezar o crecer.
- 0€ comisión por administración y mantenimiento de la cuenta bancaria, sin condiciones.
- 0€ por emisión y mantenimiento de Tarjeta Negocios Débito.
- 0€ por transferencias desde bbva.es, app BBVA o cajeros, dentro del Espacio Económico Europeo.
- 0€ por emisión y cobro de cheques.
Además, con ventajas como financiación con condiciones especiales y/o TPV Android + Bono TPV sin coste los 12 primeros meses. Consulta condiciones.
Solo para nuevos clientes.
2. Financiación y ayudas
Ayudas y subvenciones para el autónomo
La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recoge un conjunto de medidas destinadas a ayudar a la iniciativa emprendedora:
- Reducciones y Bonificaciones a la Seguridad Social
- Bonificación a trabajadores por cuenta propia o autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a contratación
- Ayudas ICO
- Ayudas de las Comunidades Autónomas
Si quieres desarrollar un proyecto de sostenibilidad, digitalización o cohesión e igualdad, en BBVA te acompañamos y te ayudamos a solicitar las ayudas europeas de los Fondos Next Generation.
¿Qué gastos vas a tener?
Antes de abrir tu negocio, es necesario conocer todos los gastos que tendrás que afrontar. A continuación te los contamos:
- Cuota de autónomo.
- IVA.
- IRPF.
- Gastos de gestoría.
- Seguro de Responsabilidad Civil.
- Gastos bancarios.
- Página web.
Si necesitas financiación, en BBVA disponemos de un préstamo de hasta 50.000 € para autónomos desde los 14 meses hasta los 8 años de plazo. Puedes consultar más información sobre nuestro Préstamo Online Negocios para Autónomos y Empresas.
3. Haz crecer tu negocio
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Date a conocer también a otros empresarios
Participa en las jornadas y eventos empresariales o sectoriales que se realicen en tu comunidad, es una estupenda oportunidad de networking que te hará seguir creciendo como empresa.
Aprovecha sinergias con otros emprendedores e inspírate en casos reales como los que puedes encontrar en Compartiendo Conocimiento de BBVA o en contenidos que puedes encontrar en nuestra web.
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Aprovecha oportunidades de formación
También es importante aprovechar las oportunidades de formación transversal que los organismos públicos de ayuda al emprendimiento ponen a tu disposición. El ámbito de la contabilidad es el más evidente, pero hay muchos más sectores de los que aprender, como marketing o comunicación.
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Haz la vida más fácil a tus clientes
Es esencial facilitar a tus clientes el medio de pago, haciendo que éste se adapte a tu forma de trabajar y al uso de las nuevas tecnologías. Proporcionarles una buena experiencia de pago tanto online como física es esencial para facilitar su identificación positiva con tu empresa.
Preguntas frecuentes
El objetivo de esta guía es explicar, paso a paso y de forma sencilla, cómo es el proceso para emprender, ya sea como autónomo o creando una empresa.
En la guía, además, se pueden consultar los trámites necesarios para emprender, información sobre cómo financiarse o las ayudas que hay, así como algunos consejos para hacer crecer tu negocio una vez lo tengas.
Si ya tienes claro que vas a emprender como autónomo, debes saber qué hay una serie de trámites que atender:
- Darse de alta en la Seguridad Social.
- Hacer constar la entidad gestora o mutua.
- Darse de alta en Hacienda.
- En el caso de que vayas a abrir un centro de trabajo deberás solicitar las licencias que hagan falta, así como informar a la Consejería de Trabajo de tu comunidad autónoma.
Lo habitual, si lo haces por tu cuenta, es que tardes entre 1 y 5 días para darte de alta como autónomo. Como hemos comentado antes, hay que realizar 2 trámites: el alta en la Seguridad Social y el alta en Hacienda.Sí, puedes darte de alta por Internet tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Para ello solo necesitarás tu certificado digital y la Cl@ve PIN.A partir del 1 de enero de 2023 la cuota de autónomos se establece en función de la previsión que tengas de tus ingresos.
Desde este año hasta 2025 se ha puesto en marcha un sistema de cotización que será progresivo y, por el que, los autónomos que menos ingresos tengan ven reducida su cuota, mientras que los que más ganen se le incrementará. Así, la cuota de autónomo va en función de los 15 tramos de cotización que hay en función de los ingresos que se prevé.
Para que te hagas una idea, estas son las cuotas mínimas correspondientes a la base de cotización mínima:
- 2023: cuota mínima de 230 euros.
- 2024: cuota mínima de 225 euros.
- 2025: cuota mínima de 200 euros.
No hay problema. Al finalizar el año, el autónomo deberá regularizar su cotización con la Administración para ver si se ajusta con los ingresos. Hay dos escenarios: que la Administración devuelva parte de las cuotas o que reclame la diferencia, dependiendo de si los rendimientos netos están por debajo o por encima de lo previsto.Al cabo de un año se puede cambiar hasta 6 veces la base de cotización en función de la previsión de ingresos que crees que vas a tener.Sí, la tarifa plana. Todos aquellos autónomos que se den de alta pueden solicitar esta tarifa plana, por la que pagarán 80 € durante los primeros 12 meses, independientemente de los ingresos que tengan. Pasado el año, el autónomo puede seguir pagando esa cuota mensual durante otro año, siempre y cuando sus ingresos estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2023, el SMI se establece en 1.080 €.Un autónomo, para llevar a cabo su actividad, debe afrontar una serie de gastos: herramientas, gasolina, gastos de viaje, alquiler de local, teléfono móvil, etc. En definitiva, todos aquellos gastos que debe afrontar un autónomo para realizar su actividad.
Para poder deducirte dichos gastos deberás justificarlo con su factura correspondiente.
Los impuestos que debe pagar un autónomo son los siguientes:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Todas las facturas que presentes deben llevar su correspondiente IVA. El autónomo actúa como intermediario entre el Ministerio de Hacienda y el consumidor final. Por lo tanto, el autónomo recaudará el IVA de sus facturas y luego lo pagará a Hacienda trimestralmente.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Es el impuesto que grava las rentas empresariales obtenidas por el autónomo y se pagará trimestralmente al igual que el IVA.
Un autónomo de a pie puede afrontar los siguientes gastos:
- Cuota de autónomo.
- IVA.
- IRPF.
- Gastos de gestoría.
- Seguro de Responsabilidad Civil.
- Gastos bancarios.
- Página web.