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¿Qué es el modelo 131?
El modelo 131 es el documento que permite la autoliquidación trimestral del IRPF fraccionado si se ha optado por tributar en el Régimen de Estimación Objetiva (o por módulos).
Es el equivalente, en este caso en concreto, al modelo 130 (utilizado en la tributación por Estimación Directa (normal o simplificada).
¿Para qué sirve el modelo 131?
El modelo 131 sirve para adelantar, cada 3 meses, lo que se tiene que abonar de IRPF a Hacienda (por ese periodo de tiempo) de forma que, al presentar la declaración anual (una vez se cierre el año fiscal), no se tenga que hacer frente a la totalidad del pago de este impuesto (ya que se ha abonado, previamente, una parte).
Y es precisamente en el momento de presentar la declaración de la renta anual cuando la AEAT indica la cuantía a pagar (en concepto de IRPF), hecho que puede derivar en 2 situaciones:
- Haber pagado más de lo que corresponde (utilizando el modelo 131): lo que hará que la AEAT tenga que realizar una devolución.
- Haber pagado menos de lo que corresponde (utilizando el modelo 131): lo que hará que la AEAT tenga que solicitar la cantidad que todavía se debe.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 131?
Está obligado a presentar el modelo 131, como se ha indicado al inicio, el autónomo que se ha acogido al Régimen de Estimación Objetiva (o por módulos), para el que tiene que cumplir una serie de requisitos (no todos los autónomos puede “ncluirse en él):
- La actividad que desempeñe debe constar en una orden ministerial que publica anualmente, Hacienda.
- No se tiene que realizar una actividad que esté en Régimen de Estimación Directa (normal o simplificada).
- Los ingresos del año anterior no pueden superar los 250.000 € (tampoco el las compras realizadas).
- La facturación, entre empresa y profesionales, ha de ser inferior a 125.000 €.
- Algunas facturas, correspondientes a determinadas actividades, deben incluir un 1% de retención.
En el caso de las comunidades de bienes, también tienen la obligación de presentar el modelo 131, si tributan por módulos, debiendo ser cada socio el que lleve a cabo el pago fraccionado (en base a su porcentaje de participación en los beneficios de esta). Esto significa, y ponemos un ejemplo, que si hay 4 socios y a cada uno le corresponde el 25%, tendrán que presentar el modelo 131 por ese 25% de los beneficios de la comunidad de bienes.
¿Cuándo se realiza la presentación del modelo 131?
Como ya ocurre en otros modelos (también trimestrales), la presentación del modelo 131 se realiza en unos periodos que ya están estipulados, que serían los siguientes:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de Abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de Julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de Octubre.
- Cuatro trimestre: del 1 al 30 de Enero.
Si el último día de presentación del modelo 131 cae en sábado, domingo u otro día no hábil (por ejemplo, un festivo local o nacional), el plazo vencerá el siguiente día que sí sea hábil.
¿Cómo se puede presentar el modelo 131 a la AEAT?
Son 2 vías para presentar el modelo 131 a la AEAT:
- Telemática: a través de la página web de la AEAT, y utilizando la Cl@ve PIN (o, en su lugar, el Certificado Digital), se accede al área personal, en la que se tiene que buscar y, una vez encontrado, rellenar y presentar el modelo 131.
- Presencial: en este caso, lo primero es descargar el modelo 131 (en la página web de la Agencia Tributaria) y, tras ello, presentarlo en el emplazamiento correspondiente.
¿Cómo rellenar el modelo 131 (paso a paso)?
A la hora de rellenar el modelo 131 (para presentarlo a la AEAT) es necesario que se cumplimenten los siguientes apartados:
- Declarante: se añaden los datos de la persona que va a presentar la declaración (NIF, nombre y apellidos).
- Devengo: se incorpora, en la parte superior y derecha del documento, el periodo en el que se presenta el modelo 131 (1T, 2T, 3T o 4T, según el trimestre que sea) y el ejercicio (el año de presentación).
- Liquidación: es el más amplio y se subdivide, a su vez, en 4 partes:
- Primer apartado (I): se indica el epígrafe del IAE que corresponda (si hay más de uno, hay que ponerlo) y los rendimientos netos que se obtengan. Una vez se haga, en las casillas 01 y 02 se mostrará, automáticamente, la suma (tanto de los rendimientos netos como del pago fraccionado previo), tras aplicarse el porcentaje que le corresponde.
- Segundo apartado (II): se indica el volumen de ventas que se declaran (casilla 03) y el resultado de aplicar el 2% a la casilla 03 (en la casilla 04).
- Tercer apartado (III): se indica la cantidad de ingresos que se consiguen (casilla 05) y el resultado de aplicar el 2% a la casilla 05 (en la casilla 06).
- Cuarto apartado (IV): se obtiene la suma de los pagos fraccionados previos (casilla 02 + casilla 04 + casilla 06) en la casulla 07.
También se tienen que indicar las retenciones e ingresos en cuenta (casilla 08), la deducción que corresponde a los rendimientos del ejercicio inmediatamente anterior (casilla 09) y el resultado de restar las casillas 07, 08 y 09 (en la casilla 10). Si este es negativo, debe llevar el signo -, si es positivo, se ha de poner (en la casilla 11) la suma de los resultados negativos, y solo de estos.
La casilla 12 solo la tienen que rellenar los profesionales con un préstamo hipotecario y un resultado positivo en la casilla 10 (es la suma del 0,5% de la casilla 01, el 2% de la casilla 03 y el 2% de la casilla 05, con un máximo de 660,14 euros/año). La casilla 13, por su parte, muestra el resultado de la siguiente operación: casilla 10 - casilla 11 - casilla 12. Por último, las casillas 14 y 15 solo se han de rellenar si se trata de una declaración complementaria (en la 14 se añadiría el resultado de la declaración anterior y en la 15 lo obtenido al restar la casilla 14 a la casilla 13).
¿Se tiene que presentar el modelo 131 sin actividad?
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