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¿Qué es la estimación directa simplificada?
¿Cuáles son los requisitos a cumplir si se quiere tributar en estimación directa simplificada?
Si se quiere “emplear” el régimen de estimación directa simplificada, para tributar el IRPF, el cumplimiento de estos requisitos es indispensable:
- Que las actividades desarrolladas por el empresario no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
- Que el volumen de negocio, sumando la totalidad de las actividades que se realizan, no supere los 600.000 € (en el año inmediato anterior). Si la facturación es superior a ese importe, se tiene que utilizar el régimen de estimación directa normal.
- Que ninguna actividad que ejerza el contribuyente se encuentre en la modalidad normal del régimen de estimación directa.
- No haber renunciado, previamente, a que se aplique este régimen.
¿Qué obligaciones fiscales y registrales se adquieren al tributar en estimación directa simplificada?
En el caso de que el autónomo opte por el régimen de estimación directa simplificada, no serán tantas las obligaciones fiscales y registrales a cumplir (y tendrán una exigencia menor) si lo comparamos con aquel que elija la estimación directa normal. De hecho, solo se van a necesitar los siguientes libros contables:
Para actividades empresariales:
- Libro de registro de ventas e ingresos.
- Libro de compras y gastos.
- Libro de bienes de inversión.
Para actividades profesionales:
- Libro de registro de ingresos.
- Libro de gastos.
- Libro de bienes de inversión.
- Libro de provisiones de fondos y suplidos.
¿Cómo se puede calcular el “beneficio” para el régimen de estimación directa simplificada?
El cálculo de los beneficios, en el caso del régimen de estimación directa simplificada, es sencillo y responde a la diferencia entre los ingresos y los gastos (en este caso, deducibles) del ejercicio fiscal.
Esto significa que (y lo desglosamos):
- Se han de “tomar” los ingresos (relativos a las ventas y/o la prestación de servicios, a lo que se añaden, también, las subvenciones o las indemnizaciones, entre otras).
- Se les restan los gastos deducibles, que son aquellos que tienen un vínculo con la actividad de la empresa (por ejemplo, suministros, gastos de personal, alquileres, etc.), y las amortizaciones (que se realizan de forma lineal y partiendo de una tabla que se ha creado ‘ad hoc’ para este régimen de estimación directa simplificada).
- Se obtiene el rendimiento neto.
Al rendimiento neto, adicionalmente, se le sustraen las provisiones y gastos de difícil justificación (hasta un 5 % del rendimiento neto y con un límite de 2.000 €), obteniéndose el beneficio (o pérdida).
¿Cuál es la diferencia entre el régimen de estimación directa simplificada y el normal?
Son 2 las diferencias “principales” entre el régimen de estimación directa simplificada y el normal:
- Manera en la que se calcula el rendimiento neto: si bien es cierto que el cálculo en sí, en ambos casos, se hace de la misma forma, existen una serie de particularidades que se refieren, únicamente, a la estimación directa simplificada:
- Las amortizaciones se realizan linealmente y en base a una tabla que se ha creado, específicamente, para este régimen.
- Las provisiones y gastos deducibles son del 5 % del rendimiento neto positivo (sin incluirlos) y con un límite de 2.000 €.
- Obligaciones que se adquieren: estas son más “laxas” en la estimación directa simplificada (solo se necesitan los libros que hemos mencionado previamente) y más estrictas en la normal (de hecho, han de ajustarse al código de comercio y según el Plan General de Contabilidad).