El mejor futuro está aquí
Rescate y fiscalidad de los planes de ahorro
Como ya se ha mencionado, los planes de ahorro están diseñados para tener una duración de, al menos, 5 años.
Aquellos titulares que opten por un SIALP y mantengan su inversión durante este periodo de tiempo, aportando una cantidad que no podrá superar los 5.000 € anuales, pueden disfrutar de las ventajas fiscales que ofrecen este tipo de productos: en este caso, el ahorrador está exento de tributar por los rendimientos acumulados a lo largo de la vida del producto. En el caso de los PIAS, si pasado este tiempo se constituye una renta vitalicia con el capital acumulado, los rendimientos generados estarán exentos de tributación; se deberá tener en cuenta que actualmente, para los PIAS, el límite de aportación anual no podrá superar más de 8.000 € al año ni 240.000 € en total para todos los PIAS. Estos límites son independientes de los límites de aportaciones a los sistemas de previsión social.
No obstante, los ahorradores tienen la posibilidad de rescatar su inversión inicial y los rendimientos derivados de ambos en cualquier momento, según las condiciones del contrato, lo que implicará una pérdida de las ventajas fiscales anteriormente mencionadas y se deberá tributar por el Impuesto de la Renta de las personas Físicas en proporción a la disposición realizada. En ambos casos, se exige que el titular declare los intereses correspondientes como rendimientos de capital mobiliario.
¿Qué es un plan de ahorro personal?
Un plan de ahorro, a nivel personal, es un producto de ahorro e inversión que está pensado para aquellos pequeños ahorradores que deseen disponer de su dinero a medio plazo (5 años, por ejemplo). Estos estos planes destacamos:
- Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP): esta forma de ahorro se formaliza mediante un seguro individual de vida ahorro. En ese sentido, los SIALP se contratan con una aseguradora y están especialmente recomendados para quienes buscan rentabilidades a medio-largo plazo con un nivel de riesgo bajo.
- Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS): este vehículo de ahorro, el cual se instrumenta en un seguro individual de vida ahorro, hace posible que el asegurado, mediante aportaciones periódicas o extraordinarias, aúne una cantidad de dinero que le ayudará a compensar lo que pierde al jubilarse, obteniendo una serie de ventajas fiscales en el momento de recuperarlo, siempre y cuando en el momento del rescate hayan transcurrido más de 5 años desde la primera aportación viva del PIAS y se constituya una renta vitalicia con el importe rescatado.
Rescate y fiscalidad de los planes de ahorro
Como ya se ha mencionado, los planes de ahorro están diseñados para tener una duración de, al menos, 5 años.
Aquellos titulares que opten por un SIALP y mantengan su inversión durante este periodo de tiempo, aportando una cantidad que no podrá superar los 5.000 €, pueden disfrutar de las ventajas fiscales que ofrecen este tipo de productos: en este caso, el ahorrador está exento de tributar por los rendimientos acumulados a lo largo de la vida del producto. En el caso de los PIAS, si pasado este tiempo se constituye una renta vitalicia con el capital acumulado, los rendimientos generados estarán exentos de tributación; se deberá tener en cuenta que actualmente, para los PIAS, el límite de aportación anual no podrá superar más de 8.000 € al año ni 240.000 € en total para todos los PIAS. Estos límites son independientes de los límites de aportaciones a los sistemas de previsión social.
No obstante, los ahorradores tienen la posibilidad de rescatar su inversión inicial y los rendimientos derivados de ambos en cualquier momento, según las condiciones del contrato, lo que implicará una pérdida de las ventajas fiscales anteriormente mencionadas y se deberá tributar por el Impuesto de la Renta de las personas Físicas en proporción a la disposición realizada. En ambos casos, se exige que el titular declare los intereses correspondientes como rendimientos de capital mobiliario.
¿Cuáles son las diferencias entre los planes de ahorro y los planes de pensiones?
Los planes de pensiones son instrumentos de ahorro a largo plazo que pueden, a simple vista, parecer muy similares a los planes de ahorro. No obstante, ambos tipos de productos presentan diferencias fundamentales que los hacen más o menos adecuados en función del tipo de ahorrador y de sus objetivos futuros.
En primer lugar, los planes de pensiones están especialmente diseñados para incentivar el ahorro de cara a la jubilación, es decir, a largo plazo. Esto implica que el titular de un plan de pensiones solamente tiene la posibilidad de rescatar el dinero cuando llegue el momento de su jubilación (salvo en algunos casos excepcionales como en situaciones de desempleo de larga duración, incapacidad o enfermedad grave), mientras que los planes de ahorro permiten a los particulares disponer de su capital en cualquier momento, según las condiciones establecidas en el contrato; eso si, sin poder contar con ventajas fiscales si no se han respetado los requisitos y plazos establecidos. No obstante, los planes de pensiones verán incrementada su liquidez desde 1 de enero de 2025, ya que desde entonces será posible rescatar aquellas aportaciones que tengan 10 años de antigüedad (a contar desde 2015).
En términos generales, los planes de pensiones suelen ofrecer una rentabilidad potencial mayor que la de los planes de ahorro, puesto que, además de presentar periodos de inversión más prolongados, tienden a trabajar con una cartera más diversificada, abarcando tanto activos de renta fija como activos de renta variable. No obstante, dependerá del tipo de plan, pues existe una amplia gama, desde los más conservadores hasta los más decididos en términos de riesgo.
Por último, cabe mencionar que ambos productos presentan ciertas ventajas fiscales, pero en distintos momentos de la tributación. Mientras que los rendimientos obtenidos de los planes de ahorro (SIALP, PIAS) pueden estar exentos de tributación cuando rescatamos el producto ( si nos ajustamos a sus normativas), las aportaciones a ellos no cuentan con ningún tipo de deducción impositiva. En los planes de pensiones, las aportaciones anuales si desgravan en el IRPF (con los límites de aportación anuales establecidos), reduciendo la base imponible y por tanto la factura fiscal; no obstante, en los planes de pensiones habrá que tener en cuenta que el cobro de las prestaciones, independientemente de la contingencia que las genera y su modalidad de percepción, siempre tributarán como rendimientos del trabajo.