Los trabajadores tienen una serie de derechos inherentes al desarrollo de su desempeño profesional. Entre ellos, tal y como se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, se encuentra la opción de solicitar una baja médica, o lo que es lo mismo, una incapacidad laboral temporal. Y es de esta, precisamente, de la que vamos a hablar en este artículo, con detalle, explicando en qué consiste, cuáles son sus causas más habituales y, por último, cómo se calcula la prestación que se percibe (si es concedida). ¡No dejes de leer!

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¿Qué es una incapacidad temporal?

Una incapacidad temporal es la que se concede al trabajador por no estar capacitado para ejercer su profesión (eso sí, por un periodo de tiempo limitado). Para paliar la pérdida de salario que supone esta “baja”, la Seguridad Social le abona una prestación por incapacidad temporal, sea el motivo causante de índole laboral o no.

Ahora bien, el trabajador debe someterse a controles y evaluaciones médicas periódicas, que diriman si la evolución de la incapacidad temporal permite que se reincorpore a su puesto de trabajo o no. Estas revisiones serán de siete días (máximo) en el caso de las bajas de corta y media duración y de catorce días (máximo) en las bajas de larga duración.

¿Cuáles son las causas que generan una incapacidad temporal?

Es un condicionante el que dirime si el trabajador puede solicitar, o no, la incapacidad temporal: que la causa se deba a la realización de su trabajo o que sea ajena a él.

De esta división se entiende que si el origen de la incapacidad laboral temporal se debe a un accidente laboral o una enfermedad profesional, el trabajador no necesita un tiempo mínimo de cotización para disfrutar de este derecho. Además, recibirá el subsidio desde el primer día de la baja.

Por el contrario, si la incapacidad laboral temporal la causa una enfermedad común o un accidente no laboral, el afectado deberá acreditar, al menos, 180 días cotizados en los últimos cinco años. También se ha de tener en cuenta que, en estos casos, la prestación se percibe desde el cuarto día (desde que se hace efectiva la baja).

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar la incapacidad temporal?

Como ocurre en otras clases de incapacidades laborales, como en la permanente, el requisito prioritario es estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación de asimilado.

Por otro lado, también hay que tener claro que existe un período mínimo de cotización obligatorio para que el trabajador pueda optar al derecho de incapacidad temporal, en caso de que la causa sea una enfermedad común o un accidente no laboral. El requisito mínimo es poseer 180 días cotizados en los últimos cinco años, requisito no necesario en caso de accidente laboral o enfermedad profesional.

¿Cómo se hace el cálculo de la prestación por incapacidad temporal?

El cálculo de la prestación por incapacidad laboral temporal siempre va a estar relacionado con la situación del trabajador en el momento de la baja y, por tanto, con el hecho causante de esa incapacidad.

En caso de que la incapacidad temporal derive de una enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador recibe el 60% de la base reguladora de su salario desde el cuarto día de la baja. Solo a partir del día 21, la compensación del afectado se incrementa hasta el 75% de la base reguladora.

Sin embargo, si la naturaleza de esta baja es laboral (una enfermedad profesional o accidente laboral) el trabajador tiene derecho a recibir una prestación del 75% de su base reguladora desde el primer día en el que se haga efectiva la baja.

¿Eres autónomo y estás de baja? BBVA puede ayudarte

Los autónomos también tienen derecho a recibir una prestación por baja, bien sea por un accidente no laboral o enfermedad común. De la misma manera que los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos tienen derecho a percibir un subsidio por baja laboral, aunque las condiciones económicas varían en función de la base reguladora que haya escogido.

Si eres autónomo y, sea por enfermedad común o profesional, o por accidente (laboral o no laboral), quieres estar protegido cuando estés de baja, desde BBVA ponemos a tu disposición nuestro Seguro Baja Laboral para autónomos, con el que podrás cubrir la disminución de tus ingresos cuando te encuentres en situación de baja médica y no puedas trabajar (según las condiciones establecidas en la póliza).

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