¿Qué son los impuestos indirectos?

Te explicamos en qué consisten los impuestos indirectos, cuáles son sus tipos y en qué se diferencian de los impuestos directos.
Hay quien, todavía hoy, duda acerca de los impuestos que se tienen que abonar en España. Es por ello que, en este artículo, vamos a explicar los que se conocen como indirectos (por ejemplo, el IVA), indicando lo que son y cuáles son sus tipos. ¿Quieres saber más sobre ellos? Entonces… ¡no dejes de leer!

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¿Qué son los impuestos indirectos?

Los impuestos indirectos son aquellos que gravan, a diferencia de los directos, el uso y/o el consumo de bienes y servicios (que compra y/o contrata). 

Esto implica que, al no calcularse en base al patrimonio o los ingresos, se va a “cobrar” lo mismo a todas las personas.

¿Qué tipos de impuestos indirectos existen?

A continuación, explicamos los que son los impuestos indirectos más comunes en España: 

Impuestos indirectos: IVA

Es el impuesto indirecto que se encarga de gravar los productos que se consumen y los servicios que se contratan

Hay 3 tipos de IVA:

  • General: es el que se aplica a la mayoría de los productos y servicios (salvo los que se indican en los apartados posteriores). Su porcentaje es del 21%.
  • Reducido: es el que se aplica a la mayoría de los alimentos que se comen (pan, leche, fruta, verdura, etc.) y el agua, además de a los productos farmacéuticos. También es el que se abona al comprar una vivienda. Su porcentaje es del 10%.
  • Superreducido: se aplica a los productos de primera necesidad. Su porcentaje es del 4%.

El IVA, al ser un impuesto indirecto, se paga al adquirir el producto, siendo la empresa que lo vende la que lo recauda y lo liquida en la AEAT (en el periodo adecuado y presentando el modelo que corresponda).

Impuestos indirectos: IGIC

Es el impuesto indirecto que, en Canarias, equivale al IVA. Esto hace que, al igual que este último, tribute el consumo de productos y servicios

Hay 6 tipos de IVA:

  • Cero: se aplica a los productos y/o servicios de primera necesidad. Su porcentaje es del 0%.
  • Reducido: se aplica a las actividades de sectores como, por ejemplo, el transporte, la minería, la industria química, la textil, etc. Su porcentaje es del 3%.
  • General: se aplica a la entrega de productos y servicios que no se incluyan en el resto de tipos de IGIC. Su porcentaje es del 7%.
impuestos indirectos
  • Incrementado: se aplica a la entrega de algunos vehículos (incluidas las motos de agua y/o de las embarcaciones) y, también, a la prestación de algunos servicios (correspondientes a ejecuciones de obras mobiliarias). Su porcentaje es del 9%.
  • Especialmente incrementado: se aplica a las bebidas alcohólicas y los artículos de joyería, cartuchería, peletería y perfumería. Su porcentaje es del 13,5%.
  • Especiales: se aplican al tabaco negro (un 20%)y al rubio (un 35%). 

Al igual que el IVA, este impuesto indirecto se abona al adquirir el producto o servicio, siendo la empresa la que lo “cobra” y, posteriormente (en tiempo y forma), lo ingresa en Hacienda.

Impuestos indirectos: ITP

Es el impuesto indirecto que “fiscaliza”, en España, las operaciones de transmisión de patrimonio que se realizan entre 2 personas, y lo hace en un porcentaje variable (dependiente de la comunidad autónoma). 

Impuestos indirectos: AJD

Es el impuesto indirecto, de carácter municipal (como el ITP), que grava los documentos que se utilizan en 3 actos jurídicos en concreto: notariales, mercantiles y administrativos.

¿Qué otros impuestos indirectos hay?

A los ya mencionados se unen: la renta de aduanas, que se abona al importar un bien que proceda de un país que no sea del Territorio Aduanero Comunitario, el IBI (o Impuesto sobre Bienes Inmuebles), el IVTM (o Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica)  o el ICIO (o Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), entre otros.

¿Que diferencia los impuestos indirectos de los directos?

La principal diferencia, tal y como se indica al inicio del artículo, es que el impuesto directo se aplica a la capacidad económica de las personas físicas y jurídicas y el indirecto, por el contrario, se aplica a aquello que se compra y/o se contrata. Pero no es la única. 

Otra diferencia entre un impuesto indirecto y uno directo es que, por su naturaleza, el primero no tiene en cuenta las circunstancias personales y la solvencia económica, algo que sí hace el segundo. Además, como tercera y última diferencia, el impuesto indirecto no se paga “como tal”, sino que está incluido en el precio que se abona por un producto o servicio, mientras que el impuesto directo es abonado por el contribuyente (en la declaración que corresponda).

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