¿Qué tipo de ayudas para jóvenes, relacionadas con la vivienda, hay disponibles?
Ayudas a jóvenes para la hipoteca y compra de vivienda
Aval ICO jóvenes
Desde 2023, el Gobierno ofrece esta ayuda a la hipoteca para jóvenes, siempre que se cumplan las siguientes características:
- Destinada a jóvenes de 18 a 35 años (ambos incluidos) o a familias con hijos menores de 18 años.
- Solo 2 personas, como máximo, podrán ser titulares del Aval ICO Jóvenes (ninguno de los 2 puede superar los 35 años).
- Debe/n residir en territorio nacional.
- Para la adquisición de una vivienda que esté construida (sea nueva o de segunda mano), incluyéndose los anejos (trastero, garaje, etc.) que estén en la misma urbanización.
- El precio de compra de la vivienda no puede superar el máximo establecido para cada Comunidad Autónoma (por el MIVAU).
- No puede/n ser titular/es de otra vivienda (salvo ciertas excepciones).
- No se puede disponer de un patrimonio que supere los 100.000 € (cada titular).
- Los ingresos no pueden ser mayores que 4,5 veces el IPREM (37.800 € para una persona y 75.600 € si son 2 personas). En el caso de familias con menores a cargo, aumentará el límite en 2.520 € por cada hijo que se tenga y, en el caso de tratarse de una familia monoparental, hasta un 70%.
- El importe a solicitar puede ser hasta el 100% del menor de los siguientes valores: el de tasación de la vivienda a hipotecar o el de compraventa.
Este Aval ICO Jóvenes, dotado de 2.500 millones de euros, se podrá solicitar hasta el 31 de diciembre de 2025 (existe la posibilidad, si el Gobierno lo considera necesario, de ampliar la fecha al 31 de diciembre de 2027).
Plazos a tener en cuenta (con el Aval ICO)
El plazo del aval será de hasta 10 años desde la formalización del préstamo, con independencia de que el plazo de vencimiento acordado del préstamo hipotecario fuese mayor a 10 años.
Documentos necesarios para solicitar el Aval ICO
Si se cumplen estas características, el siguiente paso es recopilar la siguiente documentación para verificar que cumplen las condiciones del aval:
- DNI, NIE o Pasaporte: para acreditar que ninguno de los adquirentes de la vivienda ha cumplido 36 años en la fecha de formalización del préstamo con garantía hipotecaria (en la sublínea “Jóvenes con edad no superior a 35 años”) o para demostrar que los menores a cargo no han cumplido a fecha de formalización del préstamo con garantía hipotecaria (en la sublínea “Familias con menores a cargo”).
- Libro de familia (o, en su lugar, el Certificado Literal de Inscripción de Nacimiento): justificar la condición de familia monoparental o de familia no monoparental, así como el número de menores a cargo (en la sublínea “Familias con menores a cargo”).
- Padrón histórico (o Volante histórico de empadronamiento): ayuda a saber si han residido en España, o no, los 2 últimos años.
- Declaración Responsable: permite saber que la vivienda será la residencia habitual y permanente del (de los) solicitante(s) y que, por tanto, no se hará uso económico de ella.
- Nota simple.
- Contrato de compraventa: para clarificar el precio de adquisición de la vivienda, así como que la misma se ubica en territorio español y de que todos los adquirentes de la vivienda suscriben el préstamo con garantía hipotecaria objeto de garantía.
- Certificado energético.
- Informe de tasación.
- CIRBE (a fecha de formalización) y la autorización de consulta de sus datos.
- Último IRPF que se haya presentado: justificar que se cumplen los límites de ingresos que se han establecido para la obtención del Aval ICO.
- Certificado estar al corriente de pago en la TGSS y en la AEAT: para indicar que no se tienen deudas con ambos organismos.
- Consentimiento TGSS: con el que el solicitante permite, al MIVAU (Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y a ICO (Instituto de Crédito Oficial), que consulten su información (de la Tesorería General de Seguridad Social).
- Consentimiento AEAT: similar al anterior, pero en relación a la información de la AEAT.
- Declaración Responsable No Subvenciones: para corroborar que no están incurriendo en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003 del 17 de noviembre.
- Declaración Responsable del Patrimonio del Solicitante: para que se confirme que el patrimonio del solicitante (o solicitantes) no supera los 100.000 €.
¿Cómo se solicita esta ayuda a jóvenes para la hipoteca y compra de vivienda?
Son los bancos los que se adhieren a esta ayuda a la hipoteca, dirigida a los más jóvenes, lo que hace que se deba gestionar directamente con la entidad a la que se solicita el préstamo hipotecario.
Gracias al aval, la entidad podrá ofrecer la financiación que se necesita hasta el 100%, (recordemos: las entidades bancarias conceden, por lo general, un máximo del 80% del precio de compraventa o del valor de tasación de la vivienda). Eso sí, no hay que olvidar que el préstamo hipotecario incluye el importe avalado (correspondiente a la ayuda a la hipoteca para jóvenes) y se tendrán que devolver dentro de las cuotas mensuales del préstamo (en las condiciones que se acuerden).
BBVA se adhiere a los Avales ICO del Gobierno
BBVA se ha adherido, recientemente, a la línea de avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes (de no más de 35 años) y familias con menores a cargo que ha dispuesto el Gobierno (dotada de 2.500 millones), lo que refleja el compromiso de la entidad bancaria con los colectivos de mayor interés por la compra de una vivienda en España.
Una adhesión que firmaron, el martes 11 de junio, Peio Belausteguigoitia, Country Manager de BBVA en España, e Isabel Rodríguez, Ministra de Vivienda y Agenda Urbana.
Ayudas a los jóvenes para la compra de una vivienda: estatales
Junto a esta ayuda para la hipoteca que el Gobierno concede a los jóvenes en forma de Aval ICO, está también la subvención que el ejecutivo otorga para fomentar la repoblación de las zonas rurales (desde 2022 y hasta 2025) y a la que pueden acceder los jóvenes que, sin superar los 35 años, quieran comprar una vivienda y estén dispuestos a hacerlo en un municipio que no supere los 10.000 habitantes. El importe de esta ayuda para jóvenes no superará, en ningún caso, los 10.800 € (ni el 20% de lo que se vaya a pagar por la vivienda).
¿Qué requisitos se han de cumplir para acceder a esta ayuda para jóvenes?
Son 3 los condicionantes que, adicionalmente a los ya mencionados, se tienen que cumplir si se quiere acceder a esta ayuda para jóvenes:
- Respecto a los ingresos que obtiene, anualmente, el solicitante: estos, en ningún caso, pueden superar los 25.200 € (3 veces el IPREM en 14 pagas) y 21.600 € (3 veces el IPREM en 12 pagas). En el caso de los discapacitados, el importe es de 33.600 € (4 veces el IPREM en 14 pagas) y 28.800 € (4 veces el IPREM en 12 pagas) o, incluso (y dependiendo del grado de discapacidad), a los 42.000 € (5 veces el IPREM en 14 pagas) y 36.000 € (5 veces el IPREM en 12 pagas).
- Respecto al valor que tiene la vivienda: este no puede superar los 120.000 €.
- Respecto al tiempo de estancia en la vivienda: este debe ser, como mínimo, de 5 años.
Ayudas a los jóvenes para la compra de una vivienda: autonómicas
El Gobierno no es el único que concede ayudas a los jóvenes para la compra de una vivienda, también lo hacen las Comunidades Autónomas, destacando:
- Andalucía: se aplica un descuento en el IAJD, al comprar una vivienda nueva, que lo reduce del 1,2% al 0,3% (siempre que el coste del inmueble no sea superior a los 150.000 €). Si se trata de una segunda vivienda, lo que se reduce es el porcentaje del ITP, al 3,5% (siempre y cuando, de nuevo, la vivienda no cueste más de 150.000 €). Además, si la vivienda es habitual, se puede acceder a un aval del 15%, lo que supondría que el 95% del precio de la casa se cubriría con financiación, quedando solo un 5% pendiente (y los gastos que conlleve la compraventa). Eso sí, el valor del inmueble debe ser inferior a los 295.240 euros (aumentando un 20% si la casa es calificada como A o B).
- Madrid: se ha puesto en marcha ‘Mi Primera Vivienda’, una ayuda para jóvenes con menos de 40 años que da acceso a un aval del 20% para la hipoteca (de forma que se llegue, junto al préstamo hipotecario, a financiar el 100% de esta). Además, y desde febrero de 2024, se ha extendido esta ayuda a familias numerosas o monoparentales (sin límite de edad). Para ello:
- El precio del inmueble, o su valor de tasación, no puede superar los 390.000 €.
- Se tiene que haber residido legalmente en la comunidad, como mínimo, 2 años.
- No se puede tener otra vivienda en propiedad.
- Cataluña: las ayudas para jóvenes, siempre que no hayan cumplido los 33 años, conllevan la rebaja del ITP al 5%, en lugar del 10%, si la base imponible en la última declaración de la renta, restándole el mínimo personal y familiar, no alcanza los 30.000 €/año.
- Castilla y León: la ayuda para jóvenes, en esta comunidad autónoma, consiste en una reducción del IAJD del 1,5% al 0,5% (si la vivienda es nueva) y del ITP del 8% al 4% (si es de segunda mano). También se ofrece un aval del 17,5%, como ayuda a la hipoteca (lo que supone una financiación del 97,5% de esta). Para ello:
- El precio del inmueble tiene que ser inferior a los 240.000 €.
- Los ingresos del solicitante no pueden superar los 42.000 €/año.
- La vivienda debe ser de libre disposición (y no de protección oficial).
- Comunidad Valenciana: si no se alcanzan los 35 años, las ayudas para jóvenes suponen un descuento en la compra de vivienda de segunda mano, en concreto, del ITP (del 10% al 8%), eso sí, cuando la base liquidable general de la última declaración de la renta, sumándole la base del ahorro, no sea superior a 30.000 € (47.000 € si la declaración es conjunta).
Estas comunidades autónomas no son las únicas con ayudas a la hipoteca y a la compra de vivienda para los jóvenes, ya que Extremadura, Galicia, Murcia o La Rioja, entre otras, también las ofrecen.
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