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¿Puede un autónomo facturar a una misma empresa?
¿Cuánto puede facturar un autónomo a una misma empresa?
Como se ha indicado, la ley no estipula una cantidad máxima al autónomo a la hora de facturar a una misma empresa, es decir, no se ha establecido un porcentaje fijo que el trabajador por cuenta propia no pueda, bajo ningún concepto, rebasar (en este sentido).
Es por ello que, como se explica a continuación, sea más que habitual, hoy en día, el hecho de que un autónomo facture a una misma empresa.
¿Cuáles son las figuras que facturan, como autónomos, a una misma empresa?
Hoy es más que común que un autónomo obtenga la mayor parte de sus ingresos de facturarle a una misma empresa.
De hecho, en la actualidad existen 2 modalidades de autónomo que se basan en esta manera de facturar, es decir, hay 2 tipos de trabajadores por cuenta propia cuya facturación procede, en su mayoría, de una misma empresa. Estos son:
Falsos autónomos
Es el autónomo que, estando dado de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia, trabaja para una sola empresa (de la misma forma que lo hace un asalariado), facturandola únicamente a ella (y siendo esta, por tanto, la que le reporta el 100% de sus ingresos).
El falso autónomo, por su condición, tiene las obligaciones de un trabajador por cuenta propia (en relación, por ejemplo, al pago de la cuota de autónomo, a la presentación de modelos los modelos con los que tributa impuestos como el IRPF o el IVA, etc.) y no las de aquel que está empleado ‘por cuenta ajena’.
A todas luces, la figura del falso autónomo es ilegal en España, lo que implica la aplicación de sanciones económicas a aquellas empresas que los contraten (al estar incurriendo en un fraude laboral).
Autónomos económicamente dependientes
El autónomo económicamente dependiente (o TRADE) es aquel que factura obligatoriamente a una misma empresa, previa contratación de esta para la realización de un servicio (mediante un contrato de autónomo TRADE, firmado y registrado), el 75% de sus ingresos (como mínimo).
Esta figura es la que nació, en España, con el objetivo de eliminar la anterior, es decir, para acabar con los falsos autónomos.
Para ser considerado un autónomo económicamente dependiente se tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Un mínimo del 75% de los ingresos deben proceder de la misma empresa.
- No se pueden tener trabajadores a cargo.
- Se debe disponer de la infraestructura requerida para el desarrollo de la actividad de forma autónoma.
- Hay que tener autonomía a la hora de tomar decisiones (relativas al trabajo).
En cuanto a sus derechos, el autónomo económicamente dependiente adquiere algunos de los que se le aplican al trabajador por cuenta ajena, como, por ejemplo, disponer de días de vacaciones, acceder a la Seguridad Social o percibir una indemnización (en determinados casos).
¿Qué diferencia a un autónomo económicamente dependiente de un falso autónomo?
La principal diferencia entre el autónomo económicamente dependiente y el falso autónomo es que el primero es una figura legal, algo que no es el segundo. Pero no es la única: la firma de un contrato por parte del autónomo TRADE, que regula su relación con la empresa (además de implicar que la facturación de, al menos, el 75% de sus ingresos va a proceder de ella), le otorga una parte de los derechos que tienen los trabajadores asalariados de dicha empresa. Algo que el falso autónomo no tiene.
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