En los últimos años ha sido muy común la compra o fusión entre bancos dando lugar a muchas preguntas, sobre todo acerca del cambio de condiciones en las cuentas de los clientes que antes pertenecían a un banco que ha sido comprado o absorbido por otra entidad financiera:
- Cambios en las condiciones de las comisiones de administración y mantenimiento de la cuenta corriente.
- Cobro de cuotas anuales u otras comisiones sobre tarjetas de débito o crédito.
- Condiciones sobre retiradas de efectivo o usos de cajeros en el nuevo banco.
- Otras dudas: mantenimiento de ventajas por domiciliación de nómina o recibos; condiciones en otros productos (depósitos, fondos, planes, hipotecas...).
Para que no se acumulen las dudas, vamos a empezar por lo más básico y elemental:
- Recuperar y leer con detenimiento el contrato que firmamos cuando abrimos la cuenta corriente de nuestro banco de origen. Quizá puedas tenerlo disponible tanto en la web o app de tu entidad financiera (en la parte pública o en la parte privada accediendo con tus claves). Si no lo encuentras, siempre puedes acercarte a una oficina o, si no es posible, solicitar ayuda por los canales de atención que tengan habilitados.
- Identifica la cláusula del contrato donde se especifique (si es que se refiere a ello de manera explícita) la posibilidad de cambio de condiciones en cuenta y los derechos que se otorgan al cliente por ello.
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Si has conseguido tu contrato de cuenta, te aconsejamos los siguientes pasos:
- Entra en la web o app de tu banco de origen y busca notas informativas relacionadas con este tema. Suelen estar dirigidas a los clientes y tratan de explicar la nueva situación y cómo quedan las condiciones de tu cuenta bancaria y el resto de productos que tengas: tarjetas, planes de pensiones, hipotecas, etc.
- Una vez tengas claras las condiciones originales de tu contrato de cuenta y los futuros cambios que se puedan producir por la compra o fusión con el nuevo banco, podrás tomar una posición clara y firme para actuar de acuerdo con el contrato o las condiciones que se hayan acordado tras el cambio de entidad.