El actual sistema de pensiones no garantiza que podamos mantener nuestro mismo nivel de vida una vez alcanzada la edad de jubilación. Por eso, un plan de pensiones nos permitirá compensar la pérdida de poder adquisitivo que podemos sufrir en el momento de pasar a ser jubilados.
La principal ventaja que ofrece un plan de pensiones es la fiscal. Las aportaciones realizadas a nuestro plan de pensiones reducen la base imponible del IRPF. El límite de reducción se fija en la menor de las siguientes cantidades:
- 1.500 € anuales.
- El 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
Una vez que rescatemos nuestro plan, es decir, cuando recuperemos el dinero generado del mismo así como la posible rentabilidad generada, estos ingresos tributan como rendimientos del trabajo. En cualquier caso, se debe tener en cuenta que el hecho de retrasar este impuesto hasta la edad de jubilación le otorga una fiscalidad bastante ventajosa. Es decir, estamos consiguiendo un diferimiento fiscal que tendrá un efecto muy beneficioso, especialmente si reinvertimos las cantidades que Hacienda nos devuelve.
¿Qué plan me conviene?
Cuando hemos decidido abrirnos un plan de pensiones, nuestra entidad nos gestionará ese dinero que aportamos periódicamente para que, llegado el momento de nuestra jubilación, podamos disfrutarlo. La forma de administrar nuestro plan es prácticamente ilimitada. Las entidades invierten en gran cantidad de activos y en función de las características de estos podemos establecer las siguientes divisiones:
- Renta Fija: Invierten nuestro dinero en bonos del tesoro, renta fija corporativa, depósitos bancarios, pagarés…La rentabilidad suele ser menor pero también el riesgo que contraemos. Es el tipo de plan ideal para perfiles conservadores o ahorradores de avanzada edad que no quieren riesgos. Dentro de esta categoría podemos incluir los planes Garantizados. Con ellos obtenemos una rentabilidad asegurada, independientemente de la marcha del mercado.
- Renta variable: Invierten en activos de renta variable como acciones, warrants, etc. Ofrecen grandes rentabilidades aunque su nivel de riesgo es elevado. Las personas de perfil arriesgado suelen optar por este plan.
- Mixtos: Combinan activos de renta fija y renta variable para que podamos beneficiarnos de lo mejor de ambas. El nivel de riesgo vendrá dado en función del porcentaje de renta variable que incluya en nuestra cartera. En este tipo de planes encajan los ahorradores moderados con un perfil más dinámico.
También podemos catalogar los planes de pensiones en función de quién promueva el plan y quiénes sean los titulares:
- Individual: Son promovidos por entidades financieras y puede suscribirlo cualquier persona dispuesta a aportar una cantidad determinada de manera periódica.
- De empleo: Son promovidos por las empresas para sus empleados. Pueden hacerlos ambas partes o sólo la compañía.
- Asociados: Son promovidos por asociaciones u otras agrupaciones para sus socios o miembros.
La mayoría de expertos coinciden en que si nuestra edad de jubilación está en un horizonte lejano lo mejor es tener un plan de pensiones centrado en la renta variable ya que la rentabilidad es mayor y además tenemos margen para apostar por activos de riesgo puesto que el tiempo otorga margen de maniobra. Por el contrario, a medida que nuestra jubilación está más cerca, lo ideal es apostar por la renta fija ya que no queremos grandes sobresaltos con nuestro capital.
Para aquellos que no quieran preocuparse de ir cambiando la composición de sus planes de pensiones, existen los denominados planes de ciclo de vida. El partícipe solo tendrá que elegir un plan con vencimiento igual o cercano a su fecha de jubilación, ya que la gestión del mismo se adaptará a las necesidades de riesgo inherentes a su edad.
¿Cuándo puedo rescatar mi plan de pensiones?
Las aportaciones hechas a nuestro plan de pensiones no las podremos recuperar hasta que no tengamos la edad ordinaria de jubilación. Una vez que haya llegado este momento, podemos elegir la forma de recuperar el dinero, bien en forma de renta, es decir, mediante un importe cuya periodicidad decidimos o bien en forma de capital, es decir se cobran todos los derechos acumulados de una única vez. También es posible realizar rescates en forma mixta (combinación de renta y capital) y de forma libre (sin una periodicidad específica).
Sin embargo, podemos rescatar nuestro plan antes de la edad legal de jubilación, siempre que se den los siguientes casos:
- Fallecimiento del titular. Tanto en el periodo en el que se realizan las aportaciones como en el de cobro de prestaciones.
- Incapacidad laboral total y permanente o gran invalidez.
- Enfermedad grave acreditada, que limite parcial o totalmente la ocupación.
- Paro de larga duración: requiere estar en situación legal de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo y haber agotado o no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Situaciones de gran dependencia o dependencia severa.
- Proceso de desahucio sobre la vivienda habitual.
- Desde 1 de enero de 2025, será posible el rescate de participaciones con una antigüedad mínima de 10 años.
¿Cuál es el momento idóneo para abrir un plan de pensiones?
Al tratarse de un producto vinculado a nuestra jubilación, probablemente pensemos en prorrogarlo a medida que se acerque la edad ordinaria - 66 años - pero nada más lejos de la realidad. Cuanto antes se empiece a contribuir a un plan de pensiones, más fácil y de más tiempo dispondremos para ir generando intereses a nuestros ahorros.
Cabe recordar que un plan de pensiones es una fórmula mixta de ahorro e inversión. Ahorro para el futuro e inversión en el momento ya que ese dinero que vamos aportando nos irá generando una serie de intereses. Por eso es tan importante empezar cuanto antes un plan de pensiones. Si decidimos contratar un plan de pensiones a los 35 años en lugar de 55 años, tendremos que aportar menos cantidades. Además nos beneficiaremos más de las ganancias obtenidas, ya que estas se capitalizan. Acumularemos más capital y más intereses.
¿Qué otros elementos hay que tener en cuenta?
No debemos olvidarnos de un aspecto fundamental como el de las comisiones. Antes de elegir nuestro plan de pensiones es importante estudiar las comisiones que nos aplican ya que puede contrarrestar las rentabilidades obtenidas. Hay dos tipos de comisión, la de gestión, con un importen máximo del 1,5 % anual del valor de las cuentas de posición y la comisión de depósito, con un importe máximo del 0,25 % anual del valor de las cuentas de posición.
Hay que detenerse en aquellos planes cuyos costes vengan justificados por una rentabilidad asociada, ya que algunos pueden conllevar elevadas comisiones pero si la rentabilidad es mayor, ganaremos más al año y nos dará igual que las comisiones sean mayores.