¿Qué es un contrato de préstamo?
Se conoce como contrato de préstamo al documento que se establece entre dos partes y que refleja la entrega de una cantidad de dinero, u otra cosa fungible o no fungible (lo que se conoce como comodato), con la condición de devolver algo similar y en el periodo de tiempo determinado. Este préstamo puede ser gratuito (el comodato siempre lo es) o, por el contrario, estar sujeto al pago de unos intereses.
Se entiende como contrato de préstamo de dinero a aquel en el que una entidad (prestamista) facilita una cantidad, en una divisa determinada, con el compromiso de que el solicitante (prestatario) la devuelva en las condiciones pactadas (plazo de devolución, cuotas, etc.), abonando los correspondientes intereses y comisiones.
Modelos de contrato de préstamo entre particulares, ¿cuáles son?
El modelo de contrato de préstamo entre particulares depende del bien que se perciba. Estos pueden ser:
- Contrato de comodato: establece el préstamo de un bien no fungible para su uso durante un periodo de tiempo concreto, tras el cual se devolverá en las mismas condiciones en las que se obtuvo o, en caso de deterioro, se deberá habilitar uno igual. Es gratuito.
- Contrato de préstamo simple (o de uso): establece el préstamo de una cantidad de dinero, o un bien fungible, a devolver en el plazo establecido en el documento. En este tipo de contratos pueden estar sujetos o no el abono de intereses adicionales.
¿De qué partes se compone un contrato de préstamo?
Como en la mayoría de operaciones de índole económica, jurídica o legal, a la concesión de un préstamo debe preceder la firma de un contrato que le confiera validez legal (y plenas garantías). Aunque no es obligatorio que este se concrete ante un notario (puede tratarse de un contrato privado), si se recomienda que un abogado supervise el contrato de préstamo una vez se haya redactado.
Si bien un contrato de préstamo entre particulares puede variar, en sus términos, con respecto a otros, existen una serie de elementos que son comunes a todos:
- Tipología de préstamo: indican la clase del mismo, ya sea rápido, personal o hipotecario.
- Importe: cantidad que se recibe y que se debe reembolsar (junto a los intereses)
- Plazo de vencimiento: periodo de tiempo que se tiene para devolver el importe (y los intereses).
- Intereses: precio que se paga por el préstamo del dinero.
- Amortización del capital: condiciones en las que el prestatario puede devolver parcial o totalmente el dinero prestado.
- Comisiones: cantidad a abonar por las operaciones que deriven del préstamo.
- Condiciones de finalización del contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones del mismo.
Además, el contrato de préstamo debe incluir, inicialmente, tanto al prestamista (entidad bancaria) como al prestatario (solicitante del préstamo), así como la forma en la que se hará entrega del dinero u objeto, junto a las garantías adicionales.
¿Qué formalidades se exigen con más frecuencia en un contrato de préstamo?
Como hemos indicado con anterioridad, el contrato de préstamo es la formalización en sí, lo que les hace fundamentales a la hora de legalizar este tipo de procesos. Sin embargo, y dado el riesgo que las entidades financieras asumen con ellos, suelen requerir de la validación mediante:
- Una póliza que sea intervenida ante fedatario público: lo que le dota de fuerza ejecutiva ante cualquier tipo de incumplimiento por parte del prestatario, permitiendo a la entidad el poder reclamar su abono a través de un procedimiento judicial que será más rápido y efectivo.
- Escritura pública otorgada ante notario: exigida para préstamos hipotecarios.
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