¿Cómo saber si un fallecido tenía un seguro de vida?
Saber si un fallecido tenía un seguro de vida es, en la mayoría de los casos, un proceso que, además de delicado, sugiere la realización de una serie de acciones como, por ejemplo:
- Examinar los documentos personales del difunto (archivos, carpetas, etc.), ya que el contrato de un seguro de vida, normalmente, incluye un documento físico y el pago de sus cuotas suelen acompañarse del envío de recibos físicos.
- Contactar con su aseguradora (en concreto, con su agente) para averiguar si contrató un seguro de vida.
- Revisar su/s cuenta/s bancaria/s, dado que se reflejará en ella/s el pago de la prima que el fallecido fue realizando al año (o, también, mensual, trimestral o semestralmente).
¿De qué otra forma se puede saber si un fallecido tenía un seguro de vida
Si a la hora de saber si un fallecido tiene un seguro de vida no nos ayudan las opciones anteriores, siempre se puede “acudir” al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Es un registro público que depende del Ministerio de Justicia y en el que se puede consultar el/los seguro/s de vida que tenía contratados una persona que ha fallecido. Una información que se obtiene por 2 vías:
Vía telemática
Se puede realizar la consulta del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, si se dispone de la Cl@ve PIN o el certificado digital, en la página web del Ministerio de Justicia (a través del siguiente enlace).
Vía presencial
Solicitar la información que ayuda a saber si el fallecido tenía un seguro de vida, no disponiendo de lo necesario para realizarlo por Internet, requiere de un proceso más largo.
- Se tiene que cumplimentar el Modelo 790 (se puede descargar aquí) y presentarlo (en persona) en la Oficina Central de Atención al Ciudadano (en Madrid) o en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de cada CCAA.
- Transcurridos 15 días desde el fallecimiento, hay que personarse en el Registro General de Actos de Última Voluntad con el certificado de defunción.
- En el plazo máximo de 7 días, el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento va a expedir el documento, en el que se indican los contratos de los seguros que están vigentes y con qué entidades están suscritos (se recoge de la misma forma en la que se solicitó, es decir, presencialmente)
Por último, hay que acudir a la aseguradora para corroborar que se es beneficiario de la póliza de seguro de vida. Si es así, se puede reclamar la indemnización.
¿Cómo se puede saber si se tiene un seguro de vida?
Se puedes saber, en caso de necesitarlo, si se tiene un seguro de vida a través de estas opciones:
- Se puede buscar el contrato de la póliza o, en su lugar, un recibo del pago de la prima (revisa tu correo ya que, en algunos casos, se te ha podido enviar por email).
- Comprobar, en los movimientos de la cuenta bancaria, si alguno se corresponde con el pago de la prima del seguro. Otra opción, similar a la anterior, es ir al banco y preguntar esta información.
- Llamar a la Dirección General de Seguros (al 952 24 99 82) y preguntar si dispones de un seguro de vida. No podrán dar el nombre de la compañía, si hubiese una póliza, pero sí verificar su existencia.