¿Cómo funciona?
Una de las facilidades que ofrece el Servicio Cambio de Banco es poder traer tus ingresos recurrentes como, por ejemplo, la pensión. Para hacerlo, deberás acceder al Servicio Cambio de Banco y seleccionar la opción “Traer tus ingresos”. Deberás escoger la opción pensión en traer tus ingresos a BBVA, la cuenta en la que quieras recibir el ingreso mes a mes y la cuenta en la que estás recibiendo tu pensión en la actualidad.
A continuación, para domiciliar la pensión has de seleccionar:
- Si BBVA hace la gestión en tu nombre: deberás acudir a tu oficina y hablar con tu asesor personal, el cual recogerá la información necesaria para solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social el cambio en tu nombre . No deberás preocuparte de nada, BBVA se encargará del trámite.
- Si lo llevas a cabo tu mismo, dispones de varios canales:
- Digitalmente, mediante el certificado electrónico o Cl@ve y en este enlace (de la Seguridad Social). Si no dispones de ninguno de ellos, pero si lo tiene un familiar o allegado, este puede actuar en tu representación.
- Presencialmente, cumplimentando y entregando el documento requerido en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social que te corresponda.
Por teléfono, llamando al número que la Seguridad Social tiene habilitado para ello.
¿En cuánto tiempo recibiré la pensión en la nueva cuenta?
La comunicación a la Tesorería de la Seguridad Social se realiza los días 1 de cada mes, recogiendo las solicitudes correspondientes al mes anterior, si la TGSS acepta la solicitud el 25 de ese mes recibirás la pensión en tu cuenta de BBVA. Por lo que el plazo será inferior a 2 meses.
No es posible la domiciliación de pensiones emitidas por la TGSS no contributivas, ni las emitidas por otros organismos colaboradores (Mugeju, Muface, Isfas..), en estos casos la redomiciliación debe realizarse de forma directa por el beneficiario en el organismo emisor.
El cambio de tu pensión está disponible tanto si eres cliente como si no lo eres a través del Servicio Cambio de Banco. Si no eres cliente deberás abrir una cuenta en la que poder domiciliar la pensión y poder disponer de ella.