¿Cómo se solicita una baja laboral siendo autónomo?

Te explicamos en qué consiste y cómo has de solicitar una baja laboral si eres autónomo.
Una de las principales inquietudes del autónomo es si, por motivo de su actividad laboral, tiene derecho a la baja laboral (en caso de necesitarla). En este artículo, y con detalle, responderemos a esta pregunta y, además, explicaremos los pasos a dar para solicitarla, qué tipos hay (y las causas que los producen) y cuánto se cobra en cada caso. ¡Sigue leyendo! 
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Pero antes de profundizar en cómo se solicita una baja laboral siendo autónomo, vamos a repasar, brevemente, en qué consiste este hecho.

¿Qué es una baja laboral?

Una baja laboral es el periodo de tiempo que un trabajador, en este caso un autónomo, va a necesitar para recuperarse de una enfermedad o accidente que le impide el desarrollo normal de su actividad

¿Que puede llevar al autónomo a solicitar una baja laboral a la Seguridad Social?

Son varios los motivos por los que el autónomo puede solicitar la baja laboral a la Seguridad Social:

  • Enfermedad común (física o mental): es aquella que se contrae y que, al contrario de la profesional, no tiene relación con el trabajo que se desempeña (por ejemplo: gripe, gastroenteritis, depresión por un problema personal, etc.).
  • Enfermedad profesional (física o mental): es aquella que se contrae y que, en este caso, sí tiene relación con el trabajo que se desempeña (por ejemplo: estrés, ansiedad, dolores de espalda, etc.).
  • Accidente laboral: son las lesiones que se producen en el centro de trabajo o ‘in itinere’ (es decir, en el desplazamiento que se realiza para ir o volver de él) o, también, por la realización del mismo. 

A estas se une, ya que también se considera una baja laboral, el permiso por el parto y cuidado del niño (la antigua ‘baja por paternidad y/o maternidad’), concedida al nacer un hijo y que tiene una duración de 16 semanas.

¿Qué tipos de baja laboral hay?

En base a lo explicado en el apartado anterior, se establecen 4 tipologías de bajas laborales a solicitar en la Seguridad Social.

Baja laboral de un autónomo: por enfermedad común

Es la baja laboral que, más habitualmente, solicitan los autónomos a la Seguridad Social. Puede deberse, por ejemplo, a una gripe o a otra dolencia común que impida, por un tiempo, el desempeño de la actividad laboral. Ha de estar certificada por un médico.

Para acceder a ella, eso sí, se tiene que:

  • Haber cotizado, al menos, 180 días (en los últimos 5 años).
  • Estar dado de alta en el RETA.
  • Estar al corriente de pago de la cuota de autónomo.

¿Cuánto cobra un autónomo por este tipo de baja laboral? 

La cuantía que se percibe si se solicita la baja laboral por enfermedad común es, en los primeros 20 días, del 60% de la base reguladora (más baja que en el resto de casos). A partir del día 21, asciende al 75%.

Lo reflejamos en un ejemplo: si la base reguladora que se emplea para el cálculo de la baja laboral del autónomo es 1.140 €, este va a percibir: 

  • En los primeros 20 días: 684 € (al mes).
  • A partir del día 21: 855 € (al mes).

Baja laboral de un autónomo: por enfermedad laboral

Esta, al contrario que la anterior, sí que guarda una relación directa con la actividad laboral. Puede deberse, por ejemplo, a una dolencia en la espalda (si se cargan, a menudo, objetos pesados) o problemas en la piel (si se manipulan, con asiduidad, sustancias químicas), existiendo otras muchas enfermedades que se catalogan de esta manera (como se especifica en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro). Ha de estar certificada por un médico.

¿Cuánto cobra un autónomo por este tipo de baja laboral? 

Para acceder a ella, si bien no hay un límite de cotización mínima, sí es necesario estar dado de alta como autónomo y al corriente de pago de la cuota. Si esto se cumple, el importe a percibir, al solicitar la baja laboral por enfermedad profesional, es del 75% de la base reguladora (durante la totalidad del tiempo que se permanezca inactivo).

Lo reflejamos en un ejemplo: si la base reguladora que se emplea para el cálculo de la baja laboral del autónomo es 1.256 €, este va a percibir, durante toda ella, 942 € (al mes).

Baja laboral de un autónomo: por accidente laboral

En este caso, la solicitud de la baja laboral se realiza por mor de un accidente que se produce en el lugar de trabajo (o yendo y/o viniendo de él) o mientras este se lleva a cabo. Puede deberse, por ejemplo, a una caída o un golpe que derive en lesión

¿Cuánto cobra un autónomo por este tipo de baja laboral? 

Los requisitos, para el ingreso de la prestación, son los mismos que en el caso anterior de baja laboral, percibiéndose, de cumplirse, el 75% de la base reguladora.

Lo reflejamos en un ejemplo: si la base reguladora que se emplea para el cálculo de la baja laboral del autónomo es 1.040 €, este va a percibir, durante toda ella, 780 € (al mes).

¿Cómo solicitar la baja laboral siendo autónomo?

A la hora de solicitar una baja laboral, como autónomo, hay que dar los siguientes pasos para completar el trámite:

  • Descargar la solicitud de baja laboral en la página web de la Seguridad Social o, sino, en la de la mutua aseguradora. 
  • Cumplimentar el documento, con los datos que se soliciten, y firmarlo.
  • Presentarlo, acompañado del DNI (o fotocopia compulsada), el parte de baja médica y, por último, el justificante de pago de las últimas 3 cuotas de autónomo.

¿Cuándo se cobra la prestación por baja laboral siendo autónomo?

Una vez es validada la baja laboral del autónomo, por parte de la Seguridad Social, se da por completado el trámite y se empieza a cobrar el importe de la prestación (salvo si la causa es una enfermedad común, caso en el que se empezaría a contabilizar a partir del cuarto día). Este, en concreto, se ingresa en la cuenta bancaria, habitualmente, a finales de mes (aunque, realmente, no existe una fecha concreta, al depender de la entidad bancaria y de la propia Seguridad Social y/o la mutua aseguradora).

¿Cuánto se puede extender la baja laboral de un autónomo?

La baja laboral que un autónomo solicita a la Seguridad Social puede durar, como máximo, 365 días (es decir, un año), aunque se da la posibilidad de prorrogarla 6 meses más si un médico puede certificar su curación en ese periodo de tiempo.

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