¿Cuál es la cuota de autónomo actual y qué incluye?

Te explicamos en qué consiste este pago de la cuota para autónomos a la Seguridad Social, cómo se calcula, cuál es su cuantía y qué te cubre.
Darse de alta, en la Seguridad Social y en Hacienda, es el primer paso que da el autónomo para comenzar su aventura empresarial. Una vez lo hace, y obtiene el certificado que lo acredita, empieza a abonar la cuota de autónomos. En este artículo, y con detalle, te vamos a explicar en qué consiste este pago y para qué sirve, cuánto se abona y cómo se calcula este importe y, también, lo que supone la cuota reducida para un autónomo (y los requisitos para acceder a ella). ¡Sigue leyendo!
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¿Qué es la cuota de autónomo?

La cuota de autónomo, que se abona a la Seguridad Social, es la cantidad que pagan los trabajadores por cuenta propia en España, regular y mensualmente, por ejercer su actividad.

¿Para qué sirve la cuota de autónomo?

La cuota de autónomo le da acceso a asistencia sanitaria, a la prestación por incapacidad temporal o a la baja por maternidad o paternidad (entre otros servicios y prestaciones). Además, hace posible el cálculo de la pensión de jubilación. De hecho, y gracias a ella, se financian los servicios y prestaciones que se han mencionado previamente (y que ofrece la Seguridad Social).

¿Cuándo se paga la cuota de autónomo?

Es una duda que, habitualmente, se plantean los trabajadores por cuenta propia. La respuesta es sencilla: se paga la cuota de autónomo desde el primer día, y hasta el último, en el que se ejerce con esta “condición”. Se hace mensualmente (en concreto, el último día del mes) y por domiciliación bancaria, y su cuantía ya no depende (desde el año 2023) de la base de cotización y sí de unos tramos que establece el Gobierno. Te lo explicamos a continuación.

¿Cómo se calcula la cuota de autónomo?

El cálculo de la cuota de autónomos se realiza, desde el 1 de enero de 2023, en base a unos tramos que ha establecido el Gobierno y que se “sustentan” en los ingresos reales del trabajador por cuenta propia. 

A cada uno de estos tramos se le atribuye una base de cotización (mínima y máxima), que permite el cálculo de la cuantía (dineraria) de la cuota de autónomo, cuyo valor es (para este 2024): 

Tramo

Base de cotización (mínima) en 2024 *

Base de cotización (máxima) en 2024 *

Tramo

Hasta 670 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

735,29 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

816,98 €

Tramo

Entre 670,01 € y 900 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

816,99 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

900 €

Tramo

Entre 900,01 € y 1.166,70 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

872,55 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

1.166,70 €

Tramo

Entre 1.166,71 € y 1.300 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

950,98 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

1.300 €

Tramo

Entre 1.300,01 € y 1.500 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

960,78 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

1.500 €

Tramo

Entre 1.500,01 € y 1.700 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

960,78 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

1.700 €

Tramo

Entre 1.700,01 € y 1.850 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.045,75 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

1.850 €

Tramo

Entre 1.850,00,01 € y 2.030 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.062,09 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

2.030 €

Tramo

Entre 2.030,01 € y 2.330 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.078,43 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

2.330 €

Tramo

Entre 2.330,01 € y 2.760 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.111,11 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

2.760 €

Tramo

Entre 2.760,01 € y 3.190 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.176,47 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

3.190 €

Tramo

Entre 3.190,01 € y 3.620 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.241,83 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

3.620 €

Tramo

Entre 3.620,01 € y 4.050 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.307,19 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

4.050 €

Tramo

Entre 4.050,01 € y 6.000 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.454,25 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

4.720,50 €

Tramo

Más de 6.000 €

Base de cotización (mínima) en 2024 *

1.732,03 €

Base de cotización (máxima) en 2024 *

4.720,50 €

* Fuente: Seguridad Social
Si se toma la base de cotización de cada tramo, indicada en la tabla anterior, para el cálculo de la cuota de autónomo, su valor (en 2024) es:

Tramo

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

Tramo

Hasta 670 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

225 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

250 €/mes

Tramo

Entre 670,01 € y 900 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

250 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

275 €/mes

Tramo

Entre 900,01 € y 1.166,70 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

267 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

357 €/mes

Tramo

Entre 1.166,71 € y 1.300 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

291 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

398 €/mes

Tramo

Entre 1.300,01 € y 1.500 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

294 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

459 €/mes

Tramo

Entre 1.500,01 € y 1.700 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

294 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

520 €/mes

Tramo

Entre 1.700,01 € y 1.850 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

320 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

566 €/mes

Tramo

Entre 1.850,00,01 € y 2.030 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

325 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

621 €/mes

Tramo

Entre 2.030,01 € y 2.330 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

330 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

713 €/mes

Tramo

Entre 2.330,01 € y 2.760 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

340 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

845 €/mes

Tramo

Entre 2.760,01 € y 3.190 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

360 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

976 €/mes

Tramo

Entre 3.190,01 € y 3.620 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

380 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

1.108 €/mes

Tramo

Entre 3.620,01 € y 4.050 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

400 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

1.239 €/mes

Tramo

Entre 4.050,01 € y 6.000 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

445 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

1.477,52 €/mes

Tramo

Más de 6.000 €

Cuota de autónomo (mínima) en 2024 *

530 €/mes

Cuota de autónomo (máxima) en 2024 *

1.477,52 €/mes

* Fuente: Seguridad Social
En resumen: la cuota a pagar por el autónomo se vincula, en todo momento, a lo que gana, partiendo de una cuota mínima (situada en los 225 €, para aquellos que ingresan hasta 670 €), la cual va ascendiendo, progresivamente y en base a estas ganancias, hasta llegar a una cuota máxima (de 1.477,52 €, para aquellos que ingresan más de 6.000 €).

¿Qué ocurre si el autónomo no paga la cuota a tiempo?

No pagar la cuota de autónomo en el periodo establecido (e indicado, anteriormente, en el artículo), supone el pago de un recargo de:

  • 10% si la demora es de un mes. 
  • 20% si la demora es de más de un mes.

A este porcentaje se tienen que sumar, además, los intereses de demora, los cuales se empiezan a contar, en todos los casos, desde el día siguiente al de vencimiento del plazo para abonar la cuota (eso sí, no se puede exigir el pago de estos hasta que no hayan transcurrido 15 días desde que se notificase la providencia de apremio o comunicación del inicio del procedimiento de deducción).

¿Los autónomos tienen una cuota reducida?

Si es la primera vez que se “emprende”, es decir, no se ha trabajado por cuenta propia anteriormente, se puede acceder a una tarifa plana que reduce la cuota de autónomos a 80 €, eso sí, solo en los 12 primeros meses y siempre que los ingresos (reales) no superen el SMI (salvo si se tiene una discapacidad del 33% o superior, caso en el que la validez de esta ‘cuota reducida’ es de 24 meses).

¿Qué requisitos hay que cumplir para “optar”, como autónomo, a esta cuota reducida?

No se tiene que haber estado dado de alta en el RETA en los 2 años que preceden al inicio de la actividad o en los 3 años anteriores si ya se ha disfrutado, previamente, de la tarifa plana. No se puede ser ‘autónomo colaborador’.No se pueden tener deudas con la Administración (es decir, hay que estar al corriente de pago con ella).

¿Cómo se accede a esta cuota reducida para autónomos?

Al darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, se puede solicitar la tarifa plana (que permite el pago de la cuota reducida de 80€). Pero no es el único condicionante. Y es que, no hay que olvidarse que, dado que son requisitos a cumplir para ser autónomo, hay que estar dado de alta en Hacienda, en el IAE y, como hemos indicado, en el RETA (siendo, en este último, en el que se “activa” la tarifa plana).

¿Se puede ampliar el periodo en el que se abona la cuota reducida (siendo autónomo)?

Sí, es posible que, transcurridos los 12 meses iniciales, se mantenga el pago de la cuota reducida (recordemos, 80€ al mes), pero solo si se demuestra que los rendimientos económicos de la empresa siguen estando por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. En el caso de tener una discapacidad del 33%, o superior, se extenderá a los 36 meses.

Un autónomo de baja, ¿tiene que seguir pagando la cuota?

Si bien es cierto que, en su momento, se tenía que pagar la cuota de autónomos durante todo el tiempo que se estaba de baja, desde el año 2019, y tras un cambio en la ley, solo se abona en los 2 primeros meses, es decir, en los 60 días que siguen a la “activación” de la baja. Esto significa que, a partir del día 61, ya no se tiene que abonar la cuota de autónomos (es la mutua que se tiene contratada la que se hace cargo del pago).

¿Cómo se paga la cuota de autónomo societario?

El autónomo societario, por su condición de trabajador por cuenta propia, tiene la obligación de pagar la cuota. Sin embargo, la cantidad será distinta a la que abonan los autónomos regulares.

En primer lugar, y para 2024, su base imponible (mínima) es de 1.000 € (es la correspondiente al grupo 7 de la tabla del Régimen General), lo que implica que pagarán, al menos, 310 € de cuota de autónomos. Al otro lado de la horquilla, el de la cuota máxima, el importe a abonar por el autónomo societario, si así lo decide, es de 1.375 € (para lo que tiene que ingresar más de 6.000 € y tener de base imponible 4.139,40 €).

¿Y si se es autónomo colaborador o familiar?

Como le ocurre al autónomo societario, el importe que paga el autónomo colaborador, en comparación con el autónomo regular, es diferente. Y lo es, principalmente, porque su base de cotización (mínima) siempre será, al menos, el SMI (1.134 € en 2024, en 14 pagas). Un importe, el del Salario Mínimo Interprofesional, que puede variar a futuro, haciendo que la cuota también lo haga.

Sea como fuere, el autónomo colaborador (o familiar) se puede beneficiar, si el alta es nueva y no ha tenido esta condición en los 5 años anteriores, de una bonificación sobre la cuota del:

  • 50% en los 18 primeros meses.
  • 25% en los 6 meses que siguen.

¿Y si se es autónomo dependiente o TRADE?

En este caso, el del autónomo dependiente, la cantidad de la cuota a pagar (sea mínima o máxima), a pesar de su condición, es la misma que un autónomo regular.

¿Y si se paga la cuota de autónomo en pluriactividad?

En este caso, el autónomo tiene que abonar la parte proporcional de la cuota (en función del tiempo que le dedique al trabajo por cuenta ajena).

  • Si es a jornada completa: pagará el 50% de la base mínima de cotización en los 18 primeros meses, ascendiendo el porcentaje al 75% en los 18 meses siguientes.
  • Si es a jornada parcial: pagará el 75% de la base mínima de cotización en los 18 primeros meses, ascendiendo el porcentaje al 85% en los 18 meses siguientes.

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