Son varios los motivos que llevan a cancelar una cuenta bancaria. Es posible, por ejemplo, que se abriese con un objetivo en concreto (ahorrar para la compra de un coche, facilitar el pago de las cuotas de la hipoteca, etc.), lo que culminaría, una vez se cumpla, con su cierre. Algo que puede ocurrir, de igual modo, por motivos laborales (dejar de percibir una nómina es uno de ellos) o por el fallecimiento del titular.
En estos casos, y otros muchos que pueden darse, el proceso de cancelación de la cuenta bancaria es sencillo. Eso sí, antes de comenzar el proceso, es importante que se conozcan los requisitos y la documentación que se va a necesitar, los pasos a dar para llevar a cabo la cancelación de la cuenta bancaria y, además, las repercusiones económicas (en forma de comisiones y penalizaciones) que supone. De todo esto, y más, vamos a hablar en este artículo. ¡Sigue leyendo!
¿Cómo se puede cancelar una cuenta bancaria?
Para cancelar una cuenta bancaria, en primer lugar, se tienen que revisar sus condiciones (indicadas en los documentos que se entregaron en su apertura) de cara a confirmar si, por ejemplo, hay una comisión de cancelación. En segundo lugar, hay que ver si existen productos asociados a la cuenta (préstamos, tarjetas, etc.), que se desviarían a otra cuenta (como la Cuenta Online de BBVA) o se cancelaría (de forma previa). Además, se tiene que analizar la operativa transaccional: los adeudos que se pagan, los ingresos que se perciben, las órdenes de transferencia periódica que se envían desde la cuenta, etc. (para lo que, en BBVA, te puede ayudar el Servicio Cambio de Banco). El último paso, para cancelar una cuenta bancaria, es la retirada del dinero, hasta dejar la cuenta ‘a cero’ (por transferencia o “sacándolo” en efectivo).
Llegados a este punto, ya se puede solicitar la cancelación de la cuenta bancaria, en la mayoría de las entidades, por varios canales: app, web, teléfono y, también, en la oficina. Obtenido el documento, y tras su revisión, el último paso es su firma (con la que se certifica la cancelación de la cuenta bancaria). Hay que pedir, siempre y como justificante, una copia de este documento.
Además, y no hay que olvidarlo, una vez se cancela la cuenta bancaria, hay que destruir todas las tarjetas de crédito o débito, cheques, libretas o talonarios que se tengan asociadas a la misma.
¿Cómo cerrar tu cuenta en la aplicación de BBVA?
Para cerrar tu cuenta bancaria en la aplicación de BBVA tienes que dar los siguientes pasos:
- Logarte en la aplicación.
- Acceder a 'Menú' - 'Perfil' - 'Darse de baja'.
A partir de ahí sigue las instrucciones. También puedes contactar con tu gestor para realizar la solicitud en la sección 'Gestor'.
¿Y si se quiere cancelar una cuenta bancaria con varios titulares?
Es posible que, al ir a cancelar una cuenta bancaria, se descubra que tiene varios titulares. Si es así, y para cerrarla, hay 2 opciones:
- Si la cuenta es solidaria (lo más habitual): basta con que uno de los titulares solicite la cancelación (el banco se lo comunicará al resto de titulares).
- Si la cuenta es mancomunada: se necesitan las firmas que se indiquen en las condiciones de la cuenta.
Por último, en el caso de que se tenga un representante, los titulares no tendrán que acudir a la oficina (acudirá él). Por otro lado, cabe destacar que hay entidades bancarias que permiten la realización de este trámite online (desde su página web o app).
La/s persona/s que acuda a realizar el trámite, sea cual fuere el caso, han de realizar lo que se indica a continuación:
- Presentar el DNI (u otro documento que los identifique).
- Firmar el documento de cancelación de la cuenta bancaria.
- Realizar la revisión de los productos que estén “asociados” a la cuenta bancaria (tarjetas, etc.).
- Solicitar el justificante del proceso que se acaba de realizar (por si se necesita más adelante).
¿Y si se quiere cancelar una cuenta bancaria de un fallecido?
Si fallece el titular de la cuenta bancaria, y se quiere “cerrar”, la entidad bancaria va a solicitar, en primer lugar, el certificado de defunción (se solicita en el Registro Civil). Una vez lo tenga, requerirá la entrega de otros documentos:
- Certificado de últimas voluntades: ayuda a verificar si el fallecido hizo testamento o no. Si lo hay, y con el papel en la mano, se puede pedir una copia.
- Justificante de adjudicación de los bienes (o herencia): indica los herederos de las posesiones (incluido el dinero que hay en la cuenta bancaria). Se tiene que formalizar ‘ante notario’.
- Justificante del pago del Impuesto de Sucesiones.
Hay que tener en cuenta que, si bien estos son los documentos más habituales, es posible que la entidad bancaria solicite alguno más al cancelar la cuenta bancaria.
¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar ese dinero y, tras ello, cancelar la cuenta bancaria?
La entidad bancaria, tras el fallecimiento del titular, está obligada a tener “activa” la cuenta bancaria un máximo de 20 años, siendo este el tiempo que tiene el heredero para acceder al dinero que se almacena en ella. Si no lo hace, el dinero se pasará al Estado.
¿Se cobra por cancelar una cuenta bancaria?
Lo habitual es que el cierre de una cuenta bancaria no tenga coste, aunque sí es cierto que hay bancos que cobran una comisión de cancelación. Por tanto, y para estar seguros de si hay que pagar o no por este trámite, lo que se recomienda es consultar las condiciones de la cuenta (en el contrato) o, también, llamar a atención al cliente.
¿Qué otras comisiones o penalizaciones se pueden aplicar al cancelar una cuenta bancaria?
Dependiendo de la entidad, la cancelación de la cuenta corriente puede suponer el pago de comisiones (además de la comisión de cancelación) o la aplicación de penalizaciones. Estos son los casos más comunes:
- Saldo negativo: si se quiere cancelar una cuenta bancaria con saldo negativo, el titular o titulares tendrán que abonar dicho saldo para poder “cerrarla”.
- Comisión de administración o mantenimiento de la cuenta: si la cuenta bancaria que se va a cerrar tiene comisiones de administración y mantenimiento, se calcula la comisión proporcional según la fecha de cancelación de la cuenta.
- Promociones: si se ha disfrutado de alguna promoción o beneficio por la apertura o mantenimiento de la cuenta bancaria que se va a cerrar y el tiempo de permanencia no ha transcurrido, posiblemente se tenga que pagar una penalización por incumplimiento de las condiciones de la promoción.
- Hipoteca, créditos o algún tipo de préstamo: si se tiene un préstamo con el banco y se quiere cancelar la cuenta bancaria desde la que se pagan las cuotas e intereses del mismo, hay que consultar si se puede realizar una domiciliación externa o, sino, solicitar la apertura de una cuenta específica para este fin (dado que tiene unas condiciones especiales).