Tanto la compra como la venta de una casa son procesos complejos en los que participan, además del comprador y el vendedor de la vivienda, otros “gestores externos”, los cuales originan una serie de gastos. Algunos de ellos, como es sabido, están bien delimitados (es decir, se sabe si los tiene que saldar el comprador o al vendedor). Sin embargo, hay otros que generan más dudas.
No es sencillo dilucidar quién paga cada uno de los gastos de la compraventa de una casa, más si hablamos de los relativos a la notaría, a la gestoría o a los impuestos que derivan de ella. Por ello, en este artículo vamos a indicar, con detalle, qué paga el comprador y el vendedor de una vivienda, para que no haya ningún tipo de problema con ello. ¡Sigue leyendo!
¿Cuáles son los gastos del comprador de una vivienda?
En primer lugar, vamos a analizar los gastos a la hora de comprar un piso, del comprador de la vivienda. Y es que, no solo se hace cargo del “monto” total del inmueble, también de ciertos trámites adicionales al proceso de compraventa. Esto es, en concreto, lo que tiene que abonar el comprador:
- Escritura de la casa: con un coste (aproximado) de 20 €, es un documento que acredita que el comprador es el dueño de la vivienda. Se adquiere en la notaría (de forma “independiente” a la escrituración del inmueble).
- Impuestos: entre los gastos que paga el comprador, en la adquisición de una nueva vivienda, se encuentran una serie de impuestos. Si la vivienda es nueva: se hace cargo del IVA (que suele ser del 10% del importe escriturado y, excepcionalmente, del 4% si la casa es de régimen especial o de promoción pública) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que oscila entre el 0,5% y el 1,5%, según la Comunidad Autónoma, viéndose reducido en las VPO o en el caso de que sea una persona joven, una familia numerosa o una/s persona/s con discapacidad la/s que adquiera/n la casa. Si la vivienda es de segunda mano: se hace cargo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) su porcentaje “fluctúa” del 6% al 10% del valor de compraventa y el IAJD (previamente mencionado).
- Inscripción en el Registro de la Propiedad: es necesario que un registrador de la propiedad inscriba la compraventa del inmueble en el Registro de la Propiedad, teniendo esto un coste fijo que oscila entre el 0.1% y el 0.25% del valor del inmueble.
- Gastos de gestoría: para gestionar el pago de impuestos y otros trámites administrativos se pueden contratar los servicios de una gestoría, cuyo coste va a depender del volumen de “trabajo” que se le encomiende.
¿Cuáles son los gastos del vendedor de una vivienda?
En segundo lugar, y para tener claro lo que paga el comprador y el vendedor de una vivienda, nos detendremos en los gastos que asume la persona que se desprende del inmueble, que son:
- Gastos notariales: a la hora de comprar una casa es necesario escriturarla ante un notario. Los gastos notariales suelen comprender entre el 0.2% y el 0.5% del coste total del inmueble.
- La plusvalía municipal: el IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) es responsabilidad del vendedor (aunque se puede modificar su pago, en el contrato de la compraventa, para que lo asuma el comprador). En caso de impago, el Ayuntamiento hace responsable del mismo al vendedor del inmueble.
- Certificados: a la hora de vender un inmueble este tiene que estar libre de todo tipo de cargas financieras y con los recibos de la luz y el agua al día, además de la cuota de comunidad pagada, por lo que es necesario un certificado que dé fe de que se cumplen todas estas condiciones.
- Honorarios de la inmobiliaria: los gastos administrativos relativos a la inmobiliaria también los paga el vendedor (a no ser que se llegue a otro tipo de acuerdo en el contrato de la compraventa).
- Cédula de habitabilidad: en algunas comunidades autónomas se necesita la cédula de habitabilidad para poder vender un inmueble. Este documento certifica que la vivienda cumple con los requisitos mínimos de seguridad y habitabilidad. La obtención de este documento tiene un coste que varía en función del profesional, el piso y las tasas de cada Ayuntamiento.
- Nota simple: este documento puede ser solicitado tanto por el comprador como por el vendedor, ya que se utiliza para conocer si la propiedad está libre de cargas, si tiene hipoteca, etc. Se puede obtener a través del portal web del Colegio de Registradores.
- Cancelación de la hipoteca: este gasto corre a cargo del vendedor del inmueble ya que este tiene que estar libre de cargas en el momento de su venta.
- Certificado ITE: la Inspección Técnica de Edificaciones (ITE) es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una cierta antigüedad con el fin de valorar la seguridad de la construcción. El coste (aproximado) va de los 60 a los 200 euros, si hablamos de viviendas unifamiliares, y deberá solicitarse en el Ayuntamiento.
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