¿Cómo saber si una persona tiene seguro de decesos?

Descubre la manera de saber si se ha contratado un seguro de decesos y con qué compañía.
Puede ocurrir, tras el fallecimiento de un familiar, que no se sepa si este, en vida, había contratado un seguro de decesos. Si, llegado el momento, se está en esta situación y se quiere resolver la duda, en este artículo os explicamos, en detalle, cómo se puede saber si una persona tiene seguro de decesos y las formas de acceder a esa información. ¡No dejes de leer!

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¿Cómo saber si una persona tiene seguro de decesos?

La manera de saber si un fallecido (sea familiar o no) tiene seguro de decesos es acudir al Registro de Contratos de Seguros (en concreto, al de cobertura de fallecimiento)

Este, de carácter público y dependiente del Ministerio de Justicia, es el que alberga la información de los seguros de decesos que se contratan y, por tanto, es el encargado de proporcionarla, en la mayor brevedad posible, a aquellas personas que la soliciten (habitualmente, para saber si el fallecido, previamente, había contratado una póliza, si estaba en vigor y, además, para conocer la aseguradora con la que se suscribió).

Eso sí, hay que tener en cuenta que estos datos, alojados en el Registro de Contratos de Seguros, tendrán vigencia, únicamente, durante 5 años* (es decir, existe un límite de tiempo para saber si una persona tiene seguro de decesos… o no). 

*Pueden verse cancelados si, antes de cumplirse este periodo de tiempo, la aseguradora comunica al registro que las coberturas contratadas ya se han satisfecho.

¿Qué documentación se necesita para saber si una persona tiene seguro de decesos?

Para solicitar la información que se requiere, y que ayuda a saber si una alguien (familiar o no) tiene seguro de decesos, hay que presentar estos documentos en el Registro de Contratos de Seguros:

  • Modelo 790.
  • Certificado literal de defunción: si, como veremos más adelante, se pide la información por correo o presencialmente, es necesario que se entregue, junto al modelo 790, este documento (el original o, en su lugar, una fotocopia compulsada). Tiene que haberse expedido, para que sea válido, en el Registro Civil de la localidad en la que se haya producido el fallecimiento.

Además, hay que abonar la tasa correspondiente (a través de la banca electrónica de la entidad bancaria, en las oficinas de los bancos colaboradores de la AEAT o por transferencia bancaria).

¿Cuáles son las vías para saber si una persona tiene seguro de decesos?

Al tratarse de un registro público, cualquier persona que esté interesada en la información puede acceder a ella. Eso sí, tienen que haber pasado, al menos, 15 días desde el fallecimiento.

Se puede solicitar la información que se necesita, para saber si una persona tiene seguro de decesos, de 3 maneras

  • Telemáticamente: se rellena online el modelo 790, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia (y siempre que se disponga de firma electrónica). Se pagarán las tasas asociadas, igualmente, por esta vía.
  • Presencialmente: en este caso, hay que llevar cumplimentado el modelo 790, junto al certificado literal de defunción, a la Oficina Central de Atención al Ciudadano o en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. 
  • Por correo: se tiene que escribir una carta al Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia (la dirección es: Plaza de Jacinto Benavente, 3, 28012, Madrid) e incluir en ella el modelo 790, ya completado. Se recibirá el certificado, con la información, en la dirección que se indique en él.

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