Las características de los seguros de jubilación
Los seguros o planes de jubilación son productos de vida ahorro que cubren contingencias de jubilación, fallecimiento o incapacidad laboral. Al contratar un seguro de jubilación el cliente debe ser consciente, por tanto, de que está ahorrando tanto para el momento de su jubilación como además, asegurando su estabilidad económica y la de su familia ya que, en caso de fallecimiento o invalidez, el seguro o plan de jubilación actúa como un seguro de vida, abonando el capital asegurado a sus beneficiarios o herederos.
A partir de ahí, su funcionamiento es parecido al de un plan de pensiones. El titular va realizando aportaciones periódicas (modalidad de prima periódica) a lo largo de la vida del seguro de jubilación, aunque también se puede realizar una única aportación de capital al principio del contrato (modalidad de prima única). Estas aportaciones producen una rentabilidad mínima anual, que puede estar o no garantizada, además de una rentabilidad variable que dependerá de las inversiones realizadas por la entidad gestora.
Sin embargo, conviene notar que más allá de su funcionamiento, sí existen tres principales diferencias entre un seguro de jubilación y un plan de pensiones. Estas diferencias atienden al tratamiento fiscal, la disponibilidad de los ahorros y su rentabilidad.
El tratamiento fiscal de los planes o seguros de jubilación
A diferencia de los planes de pensiones, los seguros de jubilación no permiten desgravar las aportaciones. Así, estas aportaciones tributan como en un seguro de vida aunque, como particularidad, en el momento de recuperar el capital el titular tan solo tendrá que pagar impuestos por el rendimiento (la diferencia entre capital aportado y prima satisfecha) que sus aportaciones hayan generado, no por el total del dinero que recibe como ocurre con los planes de pensiones. En el caso de que tomador y beneficiario sean la misma figura, se tributará en IRPF. En caso contrario, en ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones).
Además, al recuperar el dinero ahorrado y sus posibles intereses, se puede escoger recibirlo en su totalidad en forma de capital o de manera periódica en forma de rentas. En caso de optar por rentas vitalicias, el importe sujeto a tributación se verá reducido por unos coeficientes que dependerán de la edad del perceptor.
Disponibilidad de los ahorros
Las aportaciones a un seguro o plan de jubilación están disponibles en cualquier momento para su rescate, siempre que se cumplan las condiciones recogidas en el contrato. De lo contrario, sí se podrá acceder al capital y sus posibles
Esto no ocurre en los planes de pensiones en los que, salvo en el caso de determinadas contingencias o supuestos excepcionales, el dinero no se puede recuperara hasta el momento de la jubilación.