¡Descubre el Leasing para Empresas de BBVA!
¿Qué es el leasing?
El leasing es un contrato que facilita, tanto a empresas como a particulares, el arrendamiento financiero de un bien inmueble o mueble a cambio de una cuota periódica (que incluye el coste de la cesión, los intereses y los gastos de financiación). El contrato de leasing incluye, a su vencimiento, una opción de compra sobre el bien, normalmente por importe de una cuota.
¿Quién interviene en el proceso de leasing?
Son 2 las figuras que participan en el ‘leasing’:
- Arrendador: adquiere el bien, siguiendo instrucciones del arrendatario, y le cede su uso por un periodo de tiempo determinado.
- Arrendatario: es la empresa o particular que contrata el leasing. Está obligada a abonar las cuotas durante el periodo de vigencia del contrato, así como de elegir si lo adquiere o no.
¿Cómo funciona el leasing?
Para llevar a buen término el ‘leasing’, hay que dar una serie de pasos (que detallamos a continuación):
- Adquisición del producto: la empresa de leasing adquiere el bien elegido por el cliente, siguiendo sus indicaciones.
- Firma del contrato: se cierra el acuerdo entre arrendador (empresa de leasing) y arrendatario, por el cual este último disfrutará del producto en las condiciones acordadas y durante el tiempo fijado.
- Pago de las cuotas: cada mes, y durante el tiempo que esté vigente el vínculo, el arrendatario abonará al arrendador la cuota pactada, que incluye el coste del bien y los intereses.
- Compra, prórroga o devolución: una vez finalice el contrato, el arrendatario deberá adquirir la propiedad del bien ejercitando la opción de compra, prorrogar el alquiler o devolverlo al arrendador.
¿Qué tipos de leasing existen?
Los tipos de leasing que se pueden contratar son 5:
- Leasing financiero: el más común de todos, supone la firma de un contrato a través del cual el arrendador (empresa de leasing) pone un bien a disposición del arrendatario, de forma que este pueda utilizarlo en los términos y condiciones acordados y tras el pago de una cuota. Esta última debe venir desglosada en el contrato, separando la parte correspondiente al coste del bien de los intereses. No incluye los gastos de mantenimiento o reparación.
- Leasing operativo: a diferencia del leasing financiero, en este tipo de leasing la intención del arrendatario no es la de adquirir el bien a la finalización del contrato sino la de poder utilizarlo durante un tiempo determinado para después devolverlo al arrendador.
- Lease-back: la empresa que desea arrendar, vende un bien de su propiedad a una empresa de leasing, obteniendo liquidez por él (y manteniendo la propiedad), para luego alquilárselo a esta por un precio pactado.
- Leasing mobiliario: es aquel que incluye el arrendamiento de un bien de carácter mobiliario, es decir, un producto que puede ser transportado de un lugar a otro sin que esto pueda originar un deterioro del mismo y, con esto, una pérdida de valor. Entre ellos se encuentran los coches, equipos electrónicos, etc. Su uso, eso sí, debe estar dirigido a la realización y cumplimiento de la actividad profesional de la empresa o autónomo.
- Leasing inmobiliario: el objeto del contrato de leasing es un inmueble, como son las naves industriales o las oficinas. Requiere, al igual que la anterior, el pago de una cuota periódica.
¿Cuáles son las ventajas del leasing?
Elegir el leasing, en lugar de otras opciones (como, por ejemplo, un préstamo), reporta una serie de ventajas. Estas son:
- Permite financiar el 100% del valor que tenga el bien. Esto hace que, en caso de querer comprarlo al terminar el arrendamiento, se reduzca el desembolso inicial.
- Mantiene casi intacta la liquidez a disposición del empresario. Solo se aplica en las cuentas una pequeña cuota mensual y no el que sería el coste total del producto.
- Permite una mejor planificación: el empresario conoce la cantidad que va a pagar por arrendar el producto que necesita.
- Posibilidad de adquirir el producto: a diferencia del renting, el leasing incorpora la posibilidad de adquirir la propiedad a la finalización del contrato si el arrendatario así lo desea.
- Combate la obsolescencia programática: ya que el cliente tiene la posibilidad de no adquirir el bien a la finalización del leasing y contratar un nuevo leasing que incorpore un bien más moderno.
- Ofrece importantes ventajas fiscales: por ejemplo, acelera la amortización fiscal o hace posible el pago diferido del IVA. Para ello, son varios los requisitos a cumplir:
- Los bienes alquilados deben estar dirigidos a la actividad empresarial.
- El contrato debe incluir, siempre, la opción de compra.
- La parte de la cuota correspondiente a recuperación del bien debe ser constante o creciente durante la vigencia del contrato.
- El contrato debe tener una duración de 10 años para bienes inmuebles y 2 años para bienes muebles (como mínimo).
Diferencias entre el leasing y el renting
Si bien es cierto que tienen “cosas en común”, también existen diferencias entre el leasing y el renting.
En primer lugar, y como se ha indicado al inicio del artículo, se encuentra la opción de compra, disponible si se opta por el leasing, no así si se elige el renting (que solo va a permitir su alquiler). A ella se une, en segundo lugar, la disponibilidad, que se reduce a autónomos y empresas en el leasing, mientras que el renting lo puede contratar, también, un particular.
Otra diferencia entre el leasing y el renting es la duración del contrato. En base a la normativa, la duración mínima para que el arrendatario disfrute de las ventajas fiscales del leasing, es de 2 años (si el bien es mueble) y de 10 años (si el bien es inmueble), no pudiendo ser cancelado el contrato (en este tiempo). En el renting, la horquilla más habitual es de 1 y 5 años.