Una de las grandes preocupaciones de cualquier trabajador es saber la cuantía que le corresponderá por su pensión de jubilación una vez terminada su vida laboral, para lo cual se puede hacer un autocálculo de la pensión de jubilación. Esta inquietud es natural: de ese importe que nos corresponda y que proveerá la Seguridad Social dependerá nuestra economía cuando ya no recibamos la nómina a la que estamos acostumbrados. Para calmar la curiosidad y, sobre todo, para hacer nuestros números y organizar nuestro futuro y solvencia económica, podemos aprender a realizar el autocálculo de la jubilación de manera más que sencilla.
Cuanto más próximo al momento de recibir la pensión se haga el cálculo, más fiel será. Es decir, si realizamos el autocálculo de la jubilación cuando aún nos queden, por ejemplo, 10 años para alcanzar la edad ordinaria, nuestra situación puede cambiar. Además, hay variables que se desconocen, como por ejemplo el valor del IPC con el que se actualizarán algunas bases de cotización. Por otro lado, eventos como una pérdida del trabajo, por ejemplo, alterará nuestro plan de cotizar todos los años que teníamos en mente. Pero, aunque ese fuera el caso, siempre es útil saber cómo hay que calcular el importe que nos correspondería para tener una noción de cómo será nuestra solvencia económica en la jubilación.
Los términos para el autocálculo de la jubilación
Lo primero que hay que manejar para realizar el cálculo son los conceptos básicos que intervienen en la operación matemática:
- Base de cotización: la suma del capital bruto que recibe un trabajador todos los meses.
- Base reguladora: un baremo que se usa para calcular las prestaciones que cada trabajador tiene derecho a percibir de la Seguridad Social y que se calcula a partir de todas las bases de cotización de los años previos al retiro laboral.
- Edad ordinaria de jubilación: en 2022, es de 66 años y 2 meses, salvo para aquellos que hayan cotizado al menos 37 años y 6 meses, que podrán jubilarse sin penalización desde los 65 años. Esta variable ha ido aumentando de manera progresiva desde 2013, cuando se requerían 65 años, hasta quedar fijada en 67 años desde 2027 (65 años para quienes tengan a esa fecha un periodo mínimo de cotización de 38 años y 6 meses).
- Periodo de cotización: son los años que, como trabajador, se ha cotizado a la Seguridad Social y de cuya cantidad depende el porcentaje de la base reguladora que se recibirá como importe de la pensión de jubilación. Con un mínimo de 15 años cotizados se obtiene el 50 %; con 37 años y 3 meses en 2021, el 100 %. Ahora bien, este mínimo aumenta a un ritmo de 3 meses anuales, de forma que en 2027 alcanzará los 38 años y 6 meses.
- Años computables: los últimos años cotizados que se tienen en cuenta para calcular la base reguladora. En 2022 son 25 años.
Una vez que se conocen los términos fundamentales, es el momento de saber cómo se aplica cada uno de ellos para determinar la cuantía final que se recibirá con la pensión de jubilación.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
Conocer nuestra base reguladora es el primer y fundamental paso para poder realizar el autocálculo de nuestra jubilación. Descubrir la base reguladora es cuestión de una simple división matemática. Como tal, en ella intervienen dos elementos: dividendo y divisor.
El dividendo es el resultado de multiplicar el total de las bases de cotización por 300, que son los meses correspondientes a los 25 años computables para 2022. Hay que recordar que las bases de cotización se actualizan vía IPC, excepto las 24 más cercanas al hecho causante, que se toman por su valor nominal.
El divisor, por su parte, es el resultado de multiplicar los años computables, 25, por el número de pagas, 14. Es decir, para 2021 el divisor que se utiliza para calcular la base reguladora es 350. Por tanto, la base reguladora será X (su base de cotización) por 300 y dividido entre 350.
Puedes consultar todos los dividendos y divisores para calcular la base reguladora hasta 2022 en la siguiente tabla extraída de la Seguridad Social:
Año | Nº de meses computables/Divisor | Años computables |
---|---|---|
Año
2013
|
Nº de meses computables/Divisor
192/224
|
Años computables
16
|
Año
2014
|
Nº de meses computables/Divisor
204/238
|
Años computables
17
|
Año
2015
|
Nº de meses computables/Divisor
216/252
|
Años computables
18
|
Año
2016
|
Nº de meses computables/Divisor
228/266
|
Años computables
19
|
Año
2017
|
Nº de meses computables/Divisor
240/280
|
Años computables
20
|
Año
2018
|
Nº de meses computables/Divisor
252/294
|
Años computables
21
|
Año
2019
|
Nº de meses computables/Divisor
264/308
|
Años computables
22
|
Año
2020
|
Nº de meses computables/Divisor
276/322
|
Años computables
23
|
Año
2021
|
Nº de meses computables/Divisor
288/366
|
Años computables
24
|
Año
2022
|
Nº de meses computables/Divisor
300/350
|
Años computables
25
|
¿Cómo se hace el autocálculo de la pensión de jubilación?
Una vez que sabemos cómo obtener la base reguladora que nos corresponde, será necesario aplicarle una serie de ajustes en función de los años que hemos cotizado. Esto se hace para saber realmente cuál será el importe que nos corresponderá por jubilación.
Los ajustes consisten en aplicar a la base reguladora unos porcentajes que están determinados por el periodo de cotización. Recordemos que para este 2022 se aplica el 50% si hemos cotizado 15 años y el 100 % si lo hemos hecho durante 37 años y 6 meses.
Ahora bien, para los meses de cotización intermedios entre esos dos periodos mínimo y máximo, se aplican unos porcentajes que van de la siguiente manera:
- A los primeros 180 meses, los equivalentes a los 15 años mínimos, se aplica el ya mencionado 50%.
- En los 106 meses inmediatamente posteriores se aplica un 0,21 % extra por cada uno (en la base reguladora).
- En los 146 meses que siguen a los anteriores se aplica un 0,19 % extra por cada uno (en la base reguladora).
Cuando se calcula la pensión de jubilación hay que tener siempre presente las cantidades mínima y máxima establecidas por ley, pues si al realizar la operación obtenemos una cuantía superior a la pensión máxima, nuestra pensión quedará topada a este máximo. Si el resultado es una pensión a la pensión mínima establecida por ley, podremos solicitar el complemento a mínimos si acreditamos ciertos requisitos, entre ellos una determinada carencia de rentas.
Como puedes comprobar, el autocálculo de la jubilación no es un proceso demasiado complejo, pero sí intervienen distintos porcentajes y tramos de meses que pueden hacer que nos equivoquemos. Por eso BBVA pone a tu disposición su simulador de planes de pensiones para ayudarte a realizar el cálculo de manera rápida y sencilla.