¿Se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento?
La respuesta es sí, se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento, aunque solo en los siguiente casos:
- Antes de que llegue la fecha de vencimiento de la póliza (y para evitar su renovación). Es necesario que se avise a la aseguradora, al menos, con 30 días de antelación (puede hacerse antes).
- En los 14 días que siguen a la firma del contrato del seguro de vida.
Son los supuestos que se contemplan en la Ley del Contrato del Seguro y que, por tanto, son un derecho para el asegurado.
¿En qué otro supuesto se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento?
¿Cómo se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento?
¿Si se cancela un seguro de vida la compañía devolverá el dinero?
¿Se puede cancelar el seguro de vida incluido en un préstamo?
En este caso, y como en el anterior, la respuesta es afirmativa. Así lo estipula la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que dice: “las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador". Esto quiere decir que, desde ambas partes, se podrá cancelar su seguro de vida incluido en la hipoteca, siempre y cuando respeten los términos establecidos.
Otro escenario en el que el tomador podría anular el seguro de vida incluido en la hipoteca, que también se produce en el seguro de vida “convencional”, es si la empresa aseguradora ha incumplido lo pactado en el contrato.
Eso sí, antes de anular un seguro de vida, hay que comprobar si alguno de los préstamos está teniendo algún tipo de bonificación en sus condiciones por disponer de este seguro, ya que los bancos suelen mejorar las condiciones de los mismos por la tenencia de estas pólizas.