Antes de comprar una vivienda es importante saberlo todo sobre ella. Entre la información “imprescindible” se encuentra, por ejemplo, el nombre de su propietario o, también, si tiene algún tipo de carga de la que, una vez adquirida la casa, habrá que hacerse cargo.
Estos datos, y otros muchos, se obtienen en el Registro de la Propiedad. En este artículo vamos a profundizar en esta institución, para que la conozcas al detalle, por lo que… ¡no dejes de leer!
¿Qué es el Registro de la Propiedad?
Dependiente del Ministerio de Justicia, el Registro de la Propiedad es la institución en la que se lleva a cabo la inscripción de los inmuebles que se construyen en España.
Inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad, ¿es obligatorio?
Acudir al Registro de la Propiedad para dar constancia de una vivienda es voluntario.
De hacerlo, hay que tener presente que, a diferencia del Catastro, la inscripción de la casa tiene un coste (que varía en función de su valor, su ubicación y sus características). El registro se realiza una sola vez (no habrá que renovarlo en el futuro).
¿Cómo se organiza el Registro de la Propiedad?
El máximo responsable del Registro de la Propiedad es el registrador (salvo en casos excepcionales en los que, por el tamaño de la institución, son varios los que regulan su funcionamiento). Todos ellos son, a efectos legales, funcionarios públicos.
A cada Registro de la Propiedad se le atribuye un territorio, cuyo “tamaño” depende del número de inmuebles que haya inscritos en él (por lo que puede no coincidir, en ciertos casos, con un municipio o una provincia). A su vez, y dentro de él, el Registro de la Propiedad se organiza por fincas (o inmuebles), siendo necesaria la apertura de un folio (similar a una ficha o expediente) por cada una de ellas, con su número propio, en el que se añade toda la información.
¿Cuál es la función principal del Registro de la Propiedad?
¿Cómo consultar el Registro de la Propiedad?
Como hemos avanzado, el Registro de la Propiedad es la principal fuente de información sobre los inmuebles construidos en España.
Eso sí, a pesar de ser “pública”, los datos que contiene solo se muestran a las personas que lo solicitan (presencialmente u online) y con el beneplácito del registrador (o responsable de la institución). Si este aprueba la petición, la información se mostrará con la expedición de una nota simple o de una certificación, en la que se incorpora:
- Descripción del inmueble (acompañada, en base a la ley 13/2015, de una representación gráfica georreferenciada de la parcela).
- Titularidad.
- Cargas (de tenerlas).
¿Cómo se solicita una nota simple?
Es un trámite sencillo para el que se debe contar con uno de los siguientes datos:
- Datos registrales de la vivienda, como el número de registro de la propiedad, el municipio en el que se encuentra y la ubicación concreta.
- Identificador único de finca registral (o IDUFIR).
- Titularidad, es decir, el nombre del propietario y su DNI.
- Localización, es decir, la dirección completa del inmueble.
Con cualquiera de ellos, y de forma presencial u online, se puede pedir la nota simple en el Registro de la Propiedad (o en la web del Colegio de Registradores).
Cabe destacar que solicitar la nota simple por Internet es más rápido, ya que te llegará al correo electrónico de forma automática, una vez se haya elaborado y se hayan pagado las tasas.