Aquellos trabajadores que se encuentran con lagunas de cotización en su carrera laboral tienen la opción de suscribir un convenio especial y voluntario con la Seguridad Social. Así podrán cotizar por su cuenta para asegurarse un nivel de pensión en el momento de la jubilación.
La Seguridad Social da la opción de cotizar a título individual para cubrir posibles lagunas de cotización a la hora de calcular la pensión, o cuando se quiere mantener o mejorar la futura pensión. Las lagunas de cotización se pueden producir en caso de desempleo, o puede suceder que un cambio de trabajo conlleve una remuneración inferior, lo que puede afectar negativamente al cálculo de la pensión.
El convenio especial con la Seguridad Social cubre las prestaciones de invalidez permanente, muerte y supervivencia derivadas de enfermedad común y accidente laboral, jubilación y servicios sociales.
En general es un convenio demandado principalmente por trabajadores que han causado baja en la Seguridad Social y aún les quedan unos años para jubilarse. Para evitar que esos años sin cotizar perjudiquen el cálculo de su pensión, optan por cotizar a título individual.
Para poder acogerse al este convenio es indispensable acreditar un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años anteriores a causar baja en la seguridad social.
Cuándo conviene acogerse al convenio
El convenio espacial con la Seguridad Social tiene sentido principalmente para aquellos trabajadores que causan baja en la Seguridad Social y durante los últimos años han cotizado por las bases máximas. En este caso, el impacto de las lagunas de cotización sobre el cálculo de la futura pensión es muy elevado. Tiene menos sentido cuando se ha cotizado por las bases mínimas porque el impacto es menor.
A la hora de firmar el convenio se puede elegir cotizar por:
- La base máxima de cotización de la categoría profesional que corresponda al trabajador, siempre que haya cotizado por ella al menos 24 meses en los últimos cinco años.
- La base por la que cotizó en los últimos 12 meses.
- La base mínima de cotización.
Así, por ejemplo, un trabajador de la categoría de licenciados que cotice por la base máxima, 3.642 euros al mes según las bases de cotización de 2016, pagará 969 euros en cotizaciones al mes. Esta cifra deriva de aplicar a la base máxima el 28,3% (el porcentaje que por ley cotizan trabajador y empresa a la Seguridad Social en nombre del trabajador), y aplicando un coeficiente del 0,94 (3.642*0,283*0,94).
Si tomamos el caso de un trabajador que cotice por las bases mínimas de esa categoría, 1.067,4 euros, cotizará a la Seguridad Social 284 euros al mes (1.067,4*0,283*0,94).